29/03/2017@09:10:00
La esperada
sentencia del caso Nóos, en la que la infanta Cristina resultó absuelta de los delitos fiscales, ha reabierto el debate sobre el derecho al olvido, y es que la infanta podría recurrir esta sentencia ante el Tribunal Supremo, al entender que nunca debió ser juzgada. Si finalmente presenta este recurso de casación, se abriría la puerta a ejercer el derecho al olvido para tratar de limpiar su reputación. Sin embargo, teniendo en cuenta la legislación vigente, sería muy difícil que consiguiera ejercitar este derecho y, además, esta acción podría desencadenar el efecto contrario, fenómeno conocido como ‘efecto Streisand’. Diariocrítico ha contactado con el despacho
www.isuarez.es y con la
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para conocer los criterios en los que se fundamenta el derecho al olvido, que no es un derecho absoluto.