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Trabajos de la UME en las inundaciones de Valencia
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Trabajos de la UME en las inundaciones de Valencia (Foto: Ministerio Defensa)

¿Hay que seguir pagando la hipoteca de una casa destruida por la DANA?: la importancia de los seguros

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
miércoles 13 de noviembre de 2024, 10:25h

La DANA del pasado 30 de octubre asoló varios pueblos de Valencia dejando a su paso 223 muertos y decenas de casas destruidas o con graves destrozos.

Es probable que muchos de los propietarios de dichas viviendas o locales tuvieran una hipoteca, ¿qué ocurre si la DANA ha destruido el inmueble?

Lo cierto es que el préstamo hipotecario hay que seguir pagándolo ya que una catástrofe natural, por lo general, no es motivo de suspensión de la hipoteca. Aquí es donde entra la importancia de tener un seguro de hogar.

Al contratar una hipoteca es obligatorio ya que es uno de los requisitos de los bancos para conceder el préstamo. Pero aunque no se tenga hipoteca, siempre se recomienda contratar un seguro para en casos de imprevistos como estos, estar cubierto, o por lo menos en parte.

Al disponer de un seguro de hogar, la aseguradora se hace cargo cuando la vivienda sufre daños. Ya sea por las reparaciones que se tengan que hacer o por la indemnización en el caso de que quede inhabitable. Ya dependerá de las coberturas contratadas, pero algo de ayuda se recibirá.

Al tratarse de una catástrofe natural como la DANA quien asume la obligación de compensar será el Consorcio de Compensación de Seguros. Pero para ello es indispensable tener un seguro en vigor, da igual la compañía.

Ya se han tramitado más de 72.000 peticiones debido al desastre de Valencia, la mayoría por vehículos y viviendas.

¿Qué cubre la indemnización del seguro?

Según la normativa, como mínimo, el seguro cubrirá el valor de la pérdida de la entidad. Esto es la deuda con el banco, quien tendría preferencia a la hora de cobrar la compensación.

Muchos seguros van también más allá de este mínimo y cubren la reconstrucción de la casa, aunque habría que analizar si se toma como referencia el valor de entonces o el actual. En este apartado hay mucha letra pequeña, pues en ocasiones cubre la reconstrucción sólo en el mismo lugar, que en casos de desastres naturales puede no ser posible.

El Gobierno ha aprobado una moratoria para los afectados para que puedan aplazar el pago de las hipotecas durante 12 meses.

También existe una figura jurídica que muchos afectados están evaluando: cláusula rebus sic stantibus, que podría ser el salvavidas de muchos.

Se trata de un recurso que permite adaptar o cancelar los contratos tras circunstancias extraordinarias y no previstas en el momento de su firma que alteran de forma radical la base sobre la cual se pactaron.

Una catástrofe como la DANA podría adecuarse a los requisitos para activar esta opción no sólo en hipotecas, sino en contratos de alquiler, de suministros...etc.

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