La socialista Susana Díaz no ha superado este jueves la tercera votación ante el Pleno del Parlamento para ser investida como presidenta de la Junta, tras contar únicamente con el apoyo de los 47 diputados del PSOE-A y el voto en contra de los 62 diputados de los cuatro grupos de la oposición (PP-A, Podemos, Ciudadanos e IULV-CA). Es la primera vez en la historia de la autonomía andaluza que un candidato no consigue la confianza de la Cámara en la tercera votación.
El presidente del Parlamento,
Juan Pablo Durán, no ha fijado fecha
para una nueva votación y ha anunciado que será comunicada en su
momento por la Presidencia de la Cámara, con lo que previsiblemente se
producirá después de las elecciones del 24 de mayo. El de hoy es el mismo resultado que Díaz obtuvo en las dos
primeras votaciones, cuando en la primera requería mayoría absoluta y a
partir de la segunda, mayoría simple, esto es más votos positivos que
negativos, según establece el Reglamento del Parlamento y el Estatuto de
Autonomía.
Este resultado en el hemiciclo andaluz se produce después de que
los partidos hayan celebrado en los días previos una nueva ronda de
contactos para negociar la investidura de la candidata socialista y que
ha culminado sin acuerdo para facilitar la investidura. Susana Díaz ha pedido en varias ocasiones "responsabilidad" a los
distintos partidos para poder formar gobierno en Andalucía puesto que
"ya es mucho tiempo y los ciudadanos no entienden lo que está pasando".
Ha confiado en poder formar gobierno cuanto antes.
Es la primera vez en la historia de Andalucía que un candidato no
sale elegido en la tercera votación. En la cuarta legislatura, cuando el
PSOE-A fue la fuerza más votada pero sin mayoría absoluta, Manuel
Chaves logró ser investido en la tercera votación. Así las cosas, para que Díaz hubiera sido investida este jueves,
tendría que haberse abstenido el PP-A --33 diputados-- o Podemos y
Ciudadanos --15 y 9, respectivamente--.
El plazo acaba el 5 de julioTras no haberse conseguido la
mayoría simple se podrán tramitar sucesivas propuestas que podrán ser
sometidas a votación cada 48 horas, siendo competencia del presidente
del Parlamento la convocatoria de las mismas. Según establece el artículo 118 del Estatuto, si transcurrido el
plazo de dos meses a partir de la primera votación --es decir, el 5 de
julio--, ningún candidato hubiera obtenido la mayoría simple, el
Parlamento quedará automáticamente disuelto y la presidenta de la Junta
en funciones deberá convocar nuevas elecciones.
El plazo de dos meses que marca el Estatuto finalizaría el 5 de
julio y la Ley Electoral de Andalucía establece en su artículo 14 que la
fecha de las elecciones autonómicas "no podrá estar comprendida entre
los días 1 de julio a 31 de agosto", por lo que el decreto de
convocatoria no podría fijar la fecha de nuevos comicios antes de
septiembre.
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