En la sentencia el TC entiende que la "posible apertura a formas de gestión y responsabilidad privada se lleva a cabo preservando en todo caso la titularidad pública del servicio" y que el Gobierno "no ha optado siquiera" con esta ley recurrida por la "vinculación de centros privados a la red pública" en virtud de conciertos sino que se ha limitado a "hacer uso de las posibilidades abiertas por la legislación estatal".
Por otro lado, añade que la Constitución "no exige que el mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social requiera necesariamente y en todo caso un sistema de gestión pública directa". El carácter público se aprecia, según recoge, "en relación con la estructura y el régimen del sistema en su conjunto, sin distorsionar la evaluación", añade.
El PSOE, a nivel nacional, presentó un recurso ante el TC basado en el informe de Afem al entender que se estarían vulnerando varios artículos de la Constitución Española que tratan del régimen de la Seguridad Social y del derecho a la protección de la salud, además de "normas básicas sobre contratación administrativa" al habilitar al Servicio Madrileño de Salud para celebrar contratos "cuyo debido cumplimiento no puede controlar". El recurso, que fue presentado por Tomás Gómez, exsecretario general del PSM, fue admitido a trámite por el Alto Tribunal a principios de mayo de 2013.