Según consta en la sentencia, el juez estima el recurso contencioso administrativo que presentaron los hijos del paciente contra la desestimación presunta de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria por el fallecimiento de su padre.
El magistrado entiende que "no hay duda alguna" de la ausencia de consentimiento informado en relación a la operación, pues "este documento no existe, como admiten todas las partes y así lo recoge el informe de Inspección Médica del Sescam".
Asimismo, estima que en este caso no se informó al paciente de los riesgos de la operación, pues "no consta en el expediente que firmara documento alguno de consentimiento informado para la intervención".
En opinión del magistrado, el paciente debe ser indemnizado del daño corporal porque se entiende "razonablemente" que pudiera no haberse sometido a la intervención, "de haber sido informado correctamente de los riesgos".