En
su resolución 2013/76, la Comisión ha
estudiado "la vulneración del compromiso del periodista con la verdad, y con el
deber de contrastar las informaciones con fuentes solventes" en que podría
haber incurrido
José L. Lobo en su
crónica del 7 de octubre, y ha concluido que "el medio vulneró el Código Deontológico del periodismo al no contrastar
los hechos ni las fuentes de la información publicada".
Concretamente,
la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología de la FAPE considera que el
artículo de José L. Lobo vulnera el Código Deontológico de la Federación "en lo
que atañe al Principio general 2 (compromiso de búsqueda de la verdad) y el Principio
de actuación 13 a: 'Deberá fundamentar las informaciones que difunda, lo que
incluye el deber de contrastar las fuentes y el de dar oportunidad a la persona
afectada a ofrecer su propia versión de los hechos'. En consecuencia también
vulnera el principio 13 c que indica: 'asimismo y sin necesidad de que los afectado acudan a la vía judicial
deberá facilitar a las personas físicas o jurídicas la adecuada oportunidad de
replicar a las inexactitudes'. Considera también que El
Confidencial asumió en parte el principio 13 b (advertida la difusión de
material engañoso o deformado corregir el error con rapidez y el mismo
despliegue), al sustituir el título de
la primera crónica. Sin embargo vulnera este mismo principio en la mayor parte
del contenido del texto publicado y en posteriores informaciones ya que
mantiene sin rectificar informaciones insuficientemente verificadas y omite la
recomendación de disculparse.
La Comisión, en la misma sesión celebrada el pasado
6 de noviembre, ha elaborado otras 7
resoluciones :
-Resolución
2013/74, relativa a la denuncia de la Asociación de Industrias de la Carne de España contra el
diario La Razón sobre el compromiso
del periodista con la verdad y el deber de contrastar las informaciones.
- Resolución 2013/75, relativa a la denuncia de la Asociación de la
Prensa de Santiago de Compostela contra "La Voz de Galicia" en relación con un
reportaje fotográfico sobre la catástrofe ferroviaria de Santiago de
Compostela.
-Resolución 2013/77, Sobre la obligación de facilitar a las personas
afectadas por el contenido de un texto informativo, la oportunidad de replicar
a las inexactitudes difundidas por la
publicación de dicha pieza periodística.
-Resolución 2013/78, relativa a la denuncia del Colegio de Periodistas
de Andalucía contra el Ideal de Granada
en relación con una fotografía en la que aparece un menor tras ser atropellado
por un vehículo.
-Resolución 2013/80, sobre el derecho de rectificación o de réplica y
su aplicación sobre hechos informativos y no sobre opiniones.
-Resolución 2013/81, relativa a la denuncia del responsable de
relaciones laborales de la CEOE por una información aparecida en el digital El Economista.es sobre el compromiso
ético del periodista de respeto a la verdad, la obligación de evitar
expresiones o testimonios vejatorios o lesivos y el deber de contrastar las
fuentes y dar la oportunidad a la persona afectada de ofrecer su propia versión
de los hechos.
-Resolución 2013/82, relativa sobre
la obligación de respetar el
derecho a la intimidad personal y familiar de una menor de edad, y de sus
padres, y el deber de contrastar las fuentes y dar la oportunidad a la persona
afectada de ofrecer su propia versión de los hechos.
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