LAS TRES SENTENCIAS DEL SUPREMO
viernes 26 de julio de 2013, 17:00h
Me niego
rotundamente ni siquiera a especular sobre un posible pacto no escrito entre
los partidos para que el Poder Judicial -pongamos nombre: el Tribunal Supremo-
colabore de alguna manera en la muy difícil tarea de diluir en la medida de lo
posible la corrupción que todo el mundo ve en el seno del PP y el PSOE. Ya sé
que sólo con escribir esto me estoy contradiciendo, que si realmente no
quisiera especular, ni tan siquiera tocaría el tema porque hacerlo es alimentar
al monstruo. Intento comprenderme y tal
vez mi negativa sea más ese deseo colectivo y cada vez día más necesario que
tenemos todos de creer en la Justicia cuando el resto de los poderes se resquebraja
entre cifras millonarias que esconden facturas falsas, dobles contabilidades,
EREs a la medida de los míos etc.
No creo realmente
que tal pacto exista; ni siquiera creo que pudiera existir porque parece
imposible un contubernio de tal envergadura.
Pero admitida la imposibilidad, reclamemos al menos el derecho al
asombro después de las tres sentencias del
Supremo en los casos, Blanco, Barcina y Matas, tan parecidos, tan
seguidos, tan rápidos. Y es verdad que hay que tener muy clara la diferencia entre
el delito y la inmoralidad, entre la Ley y la ética. Por eso precisamente una
sociedad tan reglamentada y tan garantista como la nuestra debería contar con
los recursos suficientes para que esa frontera no se pudiera burlar por una
casta que se considera intocable incluso con el visto bueno de la Ley.
Según la lectura
de las sentencias, uno deduce que Blanco efectivamente presionó pero poco, que
Barcina efectivamente cobró pero no por su cargo político y que Jaume Matas
efectivamente traficó con influencias pero ni prevaricó ni malversó. ¿Y entonces qué? Porque resulta que todos
ellos ahora, y naturalmente sus valedores, muestran la sentencia como el
triunfo de la verdad sobre la infamia. ¿Quiere decir que desde ahora los
ministros pueden reunirse en bares de gasolineras para despachar con amigos y presionar siempre que presionen
poco? ¿Quiere decir que el alcalde o la alcaldesa de una ciudad puede cobrar unas dietas escandalosas de una caja de ahorros siempre que nos las
cobre como alcaldesa? ¿Quiere decir que el presidente de una comunidad puede
contratar a palmeros de su gestión?
Es en este punto
donde se hace más que necesaria o una nueva legislación para los partidos o una
regulación no ya de lo que es legal o no sino de lo que puede ser admisible por
una sociedad que aspira a ser honrada y que justo para garantizar esa
honradez confía y deposita su poder -el
único real en una democracia- en unos entes llamados partidos políticos.
Algo está
fallando; no pueden ocurrir tantas cosas sin que nada tenga consecuencias o, lo
que aun es peor, si las consecuencias pueden ser aun más catastróficas. Algo
falla cuando toda la sociedad repudia unos comportamientos y ni los políticos
ni los jueces quieren o pueden poner fin al escándalo. Entro lo que prescribe y
ya no cuenta y lo que puede ser feo pero no delito, estamos deslizándonos hacia
un callejón excesivamente peligroso.
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Comentarios
Últimos comentarios de los lectores (2)
22953 | pepe lobera - 27/07/2013 @ 20:52:43 (GMT+1)
pienso que la cosa es mas simple; basta con la lectura de la cuarta acepción, que el dicionario de la real academia de la lengua, nos da de la palabra "corrupción"
corrupción.
4. f. Der. En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores.
gracias a que los obtusos implicados no son muy leidos, sino rapidamente la modificaban o suprimian directamente; como cuando modificaron el padre nuestro(lo de perdona nuestras deudas/ofensas; que ofendia a los banqueros)
un saludo, pepe lobo
22941 | kroker - 27/07/2013 @ 00:31:32 (GMT+1)
Pues sí, hasta ahora el Código Penal digamos que ha puesto más énfasis en el gitano que roba la gallina, que en aquellos que se llevan crudo ya sea evadiendo impuestos o dando desde una simple licencia urbanística en un ayuntamiento (se cotiza a 70.000 euros), a una ayudita para aquella adjudicación por contrato público de varios millones de euros (anda por 200.000 euros). En fin.
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