España presionó al embajador argentino en España
sin razón legal, aduciendo unos tratados que no avalan las presiones ni los
argumentos del ministro García-Margallo. Así lo afirma la Red Aqua, de apoyo a
la querella que se sigue en Argentina contra los delitos de lesa humanidad del
franquismo tardío. Según sus abogados, los tratados bilaterales con Argentina
no avalan la posición del Ministerio de exigir a un juez que frene unas
declaraciones 'voluntarias' por videoconferencia.
Los hechos
los ha contado Diariocrítico con todo
lujo de detalles, pero, sucintamente, son los siguientes: la jueza bonaerense
María
Servini de Cubría iba a tomar declaración por videocofnerencia a varios
testigos, víctimas y familiares de víctimas del tardofranquismo. Los testigos,
españoles todos y denunciantes en parte, lo hacían de forma voluntaria en la
sede diplomática de Argentina en Madrid, y lo hacían por videoconferencia.
Cuando todo estaba dispuesto, el embajador
argentino en Madrid,
Carlos Bettini, recibió una nota verbal de la Dirección
General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio
español de Asuntos Exteriores en la que se exigía que frenara esa
videoconferencia y que pidiera comisiones rogatorias, lo que, evidentemente,
entorpece y alarga el proceso. Para evitar males mayores, posiblemente un
conflicto jurídico-diplomático de incalculables consecuencias- la jueza frenó
la videoconferencia.
No hay razones para impedir las declaracionesSin embargo, analizadas la nota de Asuntos
Exteriores -que Diariocrítico publicó de forma íntegra- los abogados de la Red Aqua
-Red Ciudadana de Apoyo a la Querella Argentina- han analizado los pormenores y
han llegado a las siguientes conclusiones.
-
Primero, que la recepción de los testimonios
está fuera del el Tratado bilateral mismo: El Tratado está destinado a favorecer
la asistencia mutua en todos aquellos supuestos en que sea necesaria la práctica
de medidas por parte del país requerido:
"No se precisa de la asistencia cuando las
diligencias pueden ser realizadas por los tribunales del país que ejerce la
jurisdicción a través de sus legaciones diplomáticas. Sí, en casos como el
presente, los testigos citados se negaran a declarar, sería evidentemente
necesario tramitar una comisión rogatoria para que por parte de las autoridades
judiciales del país requerido se les convoque para que efectúen su declaración.
No lo es naturalmente cuando los testigos se someten voluntariamente a una
jurisdicción, en este caso de un país extranjero, ya sea viajando al mismo o
prestando su testimonio desde la embajada o el consulado de dicho país. Las
videoconferencias tienen precisamente por objeto evitar el oneroso
desplazamiento que implica el traslado de un país a otro".
-
Segundo, desde el consulado argentino en Madrid,
situado en el mismo edificio que la embajada, se realizan en forma periódica
videoconferencias en las que declaran víctimas y testigos en las causas que
instruyen los jueces argentinos contra los responsables de la última dictadura
argentina y los de las dictaduras latinoamericanas. Nunca el Ministerio de
Relaciones Exteriores español tuvo la ocurrencia de invocar el tratado para
impedir su concreción:
"Esto lo sabe naturalmente el embajador argentino,
como sabe, es su casa, que la embajada es territorio argentino. El supuesto es
idéntico, aunque parece tener una diferencia: en este caso se trata de
investigar los crímenes del franquismo".
-
Tercero, es conocido que, desde que se inició la
causa, la jueza argentina libró dos comisiones rogatorias. La primera a efectos
de que se le informara acerca de las investigaciones que se estaban realizando
en España en relación con estos crímenes. La Fiscalía General del Estado
contestó, muchísimos meses después, que existían investigaciones por doquier y
de paso que, debido a ello, no era competente la jurisdicción argentina. La
segunda, requiriendo a las autoridades españolas para que le transmitieran una
larga e importante serie de informaciones, entre ellas la identificación
precisa y fe de vida de múltiples responsables de los crímenes cometidos.
"La Fiscalía esta vez subió el listón: no sólo
dejó de contestar a todas y cada una de las peticiones, sino que reiteró, como
si nada se le hubiera pedido, que todo se estaba investigando, que Argentina no
era país competente y, con inigualable hipocresía, que invitaba a la juez
argentina a remitir sus actuaciones a España para incorporarlas a las causas en
curso. Esto cuando ya, en febrero de 2012, el ínclito Tribunal Supremo había
resuelto que nada se podía investigar porque, entre otros peregrinos
razonamientos, los crímenes contra la humanidad cometidos por el franquismo no
eran tales en el momento que se cometieron".
Política ministerial de obstrucción a la justiciaPara la Red Aqua "es evidente que el Ministerio de
Relaciones Exteriores pretende lo mismo con las videoconferencias: que se
solicite su autorización para realizarlas y responder, varios meses después, que
no las consiente porque, una vez más, la jurisdicción argentina no tiene
competencia".
Insiste la Red que las víctimas están intentando
declarar y que se les haga justicia desde la comisión misma de los crímenes: "Se
les ha impedido naturalmente durante la dictadura y se les impide insólitamente
en democracia. Ha ocurrido otra vez más, otra vez con malas artes. Se las
revictimiza impidiéndoles ejercer sus elementales y fundamentales derechos con la inocultable intención de que
desistan".
Insisten en que era conocido -según ellos- que el
gobierno español ejercía presiones intentando paralizar la causa, pero afirman
que "pronto estaremos en Buenos Aires, acompañados de legisladores y alcaldes,
para seguir ofreciendo nuestros testimonios. Pronto serán llamados por la
justicia los que tan inmenso daño produjeron en nuestra sociedad. No podrán
evitarlo, acabaremos con la impunidad del franquismo".
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