La jueza
argentina María Servini de Cubría, en cuyas manos cayó la querella por los
crímenes del franquismo tras el procesamiento de Baltasar Garzón, lo tenía todo
dispuesto en Buenos Aires para tomar declaración por videoconferencia a los
denunciantes de los crímenes del franquismo. De repente, llegó la orden: el
Ministerio español de Asuntos Exteriores lo prohibía y amenazaba con rescindir
unilateralmente convenios bilaterales. La jueza dio marcha atrás antes de que
se pudiera iniciar un conflicto de incalculables consecuencias. Diariocrítico
ha tenido acceso a su propio relato.
Estaba todo
preparado en los juzgados de Buenos Aires y en el Consulado de Argentina en
Madrid. En la capital argentina, la jueza
María Servini de Cubría se hallaba frente
a la pantalla. En Madrid, los primeros familiares y víctimas del franquismo que
habían puesto la denuncia en Argentina, estaban ya en las dependencias
consulares para prestar declaración como testigos. Pero, de repente, llegó la orden del
embajador argentino en Madrid,
Carlos Bettini, de que se parara todo.
¿Qué había ocurrido? Pues que el Ministerio español de Asuntos Exteriores y de Cooperación que dirige José Manuel García-Margallo, le había
amenazado sutilmente.
A la juez María
Servini le llegó la advertencia española a Buenos Aires y decidió que, antes de abrir
un nuevo conflicto diplomático y judicial con España, debía reflexionar
sobre lo que estaba ocurriendo y obrar después en consecuencia. He aquí a
continuación su propio relato, al que
Diariocrítico ha tenido acceso.
Las razones de
una juez comprometida con la justicia"Encontrándome
en el recinto de mi despacho, donde se encuentra instalado un equipo de videoconferencia,
proporcionado por el Consejo de la Magistratura, y a fin de recibir las
declaraciones testimoniales a residentes españoles, ordenadas en autos, recibí
siendo las 8:30 horas [hora argentina] un llamado telefónico, en donde su
interlocutor, el Embajador Argentino en el Reino de España, Carlos Bettini, me
informó que se había comunicado con esa Representación, el Señor Director de
Asuntos Consulares del Reino de España, manifestando el descontento y malestar
que causaba a las autoridades de ese país, el procedimiento que se utilizaría para
la recepción de los testimonios, al encontrarse el mismo fuera del tratado bilateral
suscrito por ambos países, no cumpliendo las normas, y que de realizarse aquellas
podrían resultar nulas y afectar los derechos de los ciudadanos españoles,
siendo la vía indicada la prescripta por el convenio citado: como así también que
dichas autoridades harían una presentación formal de queja ante la Embajada que
el nombrado preside.
"Atento lo
expuesto precedentemente, y sin perjuicio de lo que en su oportunidad se decida,
suspéndanse por el momento las audiencias testificales dispuestas a fs. 2.670/vta.
y 2.675/vta.
"Encontrándose presente
en la antesala de este Tribunal el querellante Dr. Máximo Castex, notifíqueselo
personalmente de lo aquí dispuesto, haciéndolo respecto del Señor fiscal en su público
despacho".
Las amenazas del
Gobierno español
La jueza
argentina tomó esa decisión después de que la embajada de Argentina en Madrid
se recibiera la siguiente "Nota verbal" del Ministerio de Asuntos Exteriores
español, a la que también ha tenido acceso Diariocrítico. Lleva por referencia
160/15 y por número de registro el 14575, y está remitida por la Dirección General
de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios.
La nota dice lo
siguiente:
"El Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación saluda atentamente
a la embajada de la República Argentina en Madrid y, en relación con las noticias aparecidas en los medios de
comunicación de hoy 8 de mayo, sobre la toma de declaración por Videoconferencia
en el Consulado de Argentina en Madrid a testigos españoles por parte, de la
juez argentina Dra. Servini de Cubría en relación con una causa sobre genocidio
durante la guerra civil española y el franquismo, tiene el honor de solicitar de
esa Embajada información sobre esta noticia.
"Cabe recordar que
para poder llevar a cabo diligencias de naturaleza jurisdiccional será de
aplicación el Tratado bilateral de extradición y asistencia judicial en materia penal de 3 de marzo de 1987, requiriendo, de acuerdo con lo previsto en sus
artículos 30 y 41, la solicitud debidamente cursada mediante Comisión Rogatoria
dirigida al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, como Autoridad
Central, tal y como ha sido el caso con respecto a diligencias similares
practicadas con anterioridad.
"Por todo ello,
el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación riega a la embajada de la
República Argentina en Madrid, que si las autoridades Judiciales argentinas requieren
la realización de las diligencias jurisdiccionales referidas en las noticias de
prensa se proceda a la remisión de la correspondiente solicitud mediante
Comisión Rogatoria, tal y como prevé el Tratado bilateral de asistencia judicial
en materia penal".
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