Las normas para la
elección del Papa están contenidas en la Constitución Apostólica Universi
Dominici Gregis sobre la vacante de Sede Apostólica y la elección del Romano
Pontífice promulgado por el Papa Juan Pablo II el 22 de febrero de 1996. Estas
normas siguen hoy vigentes con una única modificación, la que estableció el dimisionario
Papa Benedicto XVI en un Motu Propio firmado el 11 de junio de 2007.
En este documento,
Benedicto XVI derogaba el párrafo 75 de la
Constitución Apostólica Universi
Dominici Gregis y lo sustituía por una norma nueva en lo que se refiere a la
segunda forma de votación después de 30 escrutinios sin resultado. El párrafo
derogado decía lo siguiente:
"75. Si las
votaciones no tuvieran resultado positivo, después de proceder según lo
establecido en el número anterior, los Cardenales electores son invitados por
el Camarlengo a expresar su parecer sobre el modo de actuar, y se procederá según
lo que la mayoría absoluta de ellos establezca."Sin embargo, no se
podrá prescindir de la exigencia de que se tenga una elección válida, sea con
la mayoría absoluta de los votos, sea votando sobre dos nombres que en el
escrutinio inmediatamente precedente hayan obtenido el mayor número de votos,
exigiéndose también en esta segunda hipótesis únicamente la mayoría absoluta".
Es decir, que
Juan Pablo
II, en la
Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis, dispuso que los
cardenales electores podían decidir, por mayoría, como proceder en la elección:
pasar de los dos tercios a la mayoría absoluta o votar entre los dos cardenales
más votados en el último escrutinio. Para este último caso también era
necesaria solo la mayoría absoluta.
Sin embargo, ahora, según
Motu Propio firmado por Benedicto XVI, la manera de proceder será la votación
entre los dos cardenales que hayan obtenido el mayor número de votos en el
último escrutinio. Para su elección necesitará la mayoría cualificada de los
votos de los cardenales presentes. En estas elecciones, los dos cardenales que
pueden ser elegidos no tendrán derecho a voto.
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