Ese acuerdo persigue
realizar un seguimiento de los resultados de los arbitrajes que se apliquen en
las nacionalizadas (Bankia, Novagalicia Banco, Catalunya Banc y Banco de
Valencia). Este mecanismo pactado se extendería igualmente a nuevas entidades
que en un futuro requieran de ayudas públicas.
El seguimiento se
centrará en la realización de un informe mensual estadístico detallado de la
evolución de los arbitrajes y de las características de los afectados por los
mismos. Según el texto del acuerdo, los objetivos de la comisión serán seguir
los procesos de arbitraje mediante la fijación y supervisión de los criterios
de carácter objetivo y de perfil del inversor utilizados en el filtro de
solicitudes.
La comisión elaborará un
informe de estado de situación al mes de constituirse, que se deberá elevar al
Parlamento. También se perseguirá elevar propuestas al Gobierno tendentes a
mejorar la transparencia de la comercialización de los productos financieros y
protección de los pequeños ahorradores.
La comisión tendrá
competencias en la comercialización de instrumentos híbridos de capital, en
cuestiones financieras, en los procedimientos de arbitraje, y en control de los
recursos públicos. La composición de la comisión se completaría con las
consejerías autonómicas con competencias en consumo que han participado en los
arbitrajes y el Consejo de Consumidores y Usuarios.
Arbitrajes en Catalunya
Banc y NovaGaliciaAnte el problema de la
mala comercialización minorista de instrumentos híbridos en las entidades
Catalunya Banc y NovaGalicia Banco, a lo largo del segundo semestre de 2012 se
pusieron en marcha sendos procedimientos de arbitraje público para ofrecer una
solución a los afectados.
Estos procesos fueron
dirigidos por las respectivas consejerías autonómicas con competencias en
consumo y fueron impulsados por las entidades, que contaron con el
asesoramiento de expertos independientes para el filtrado de las solicitudes,
basado en criterios objetivos.
Los criterios utilizados
se refirieron a la falta de documentación relevante o irregularidades en la
misma, así como a criterios de perfil del inversor. El Gobierno introdujo
restricciones a la comercialización de estos productos con el fin de prevenir
la repetición de situaciones similares en el futuro. Fijó un tramo mínimo del
50 % para inversores profesionales y una inversión mínima de 100.000 euros en
el caso de las sociedades no cotizadas y de 25.000 euros en el de las
cotizadas.
>>
Lean íntegro el acuerdo PP-PSOE sobre participaciones preferentes