La conocida como Ley de
Tasas entró en vigor a todos los efectos el 17 de diciembre de 2012 tras la
aprobación de la Orden del Ministerio de Hacienda 2662/2012, de 13 de diciembre.
Ese mismo día la Asociación de Abogados Ius et Fides presentó dos recursos: el
primero, un Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional frente a la Ley
10/2012, conocida como Ley de Tasas, y un segundo recurso contencioso
administrativo frente a la Orden del Ministerio de Hacienda en la que se
regulaba el modelo 695 de liquidación de tasas.
En ambos Recursos se
solicitaba al Constitucional y a la Audiencia Nacional como medida cautelar la
suspensión de la entrada en vigor de las normas impugnadas. Además, en el
Recurso de Amparo se solicitaba al propio Tribunal Constitucional que se
planteara la Autocuestión de Inconstitucionalidad.
En este orden de cosas,
por Decreto notificado al servicio jurídico de la Asociación de Abogados Ius et
Fides, la Audiencia Nacional Sala de lo Contencioso Administrativo ha procedido
a admitir a trámite el Recurso Administrativo contra la tal 'gallardonada', requiriendo
al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para que en el
improrrogable plazo de veinte días presente ante el órgano judicial expediente
administrativo completo.
"Nos podemos encontrar cerca de la suspensión de la Ley de Tasas"Pero lo que es más
importante, la propia Audiencia Nacional resuelve en el sentido de formar pieza
separada con respecto a la petición de medidas cautelares, con lo que la
Asociación Ius et Fides manifiesta su entera satisfacción. En este sentido,
Juan Bautista Sanz-Gadea, presidente del Ius et Fides, ha manifestado que "la
sociedad civil puede estar satisfecha, pues aunque resulte excepcional parece
que la Audiencia Nacional ha actuado con la celeridad que la causa merece, y
nos podemos encontrar cerca de la suspensión de la Ley de Tasas".
Por otro lado, fuentes
cercanas a Ius et Fides han confirmado que varios abogados a título personal, y
asociaciones civiles de diferente naturaleza, han manifestado su voluntad de
adherirse al recurso presentando las alegaciones oportunas.
Igualmente,
Javier Pérez-Roldán
Suanzes, letrado responsable del Recurso de Amparo junto a la letrada
Montserrat Suárez Abad, ha manifestado que "con estos recursos hemos dotado a
los abogados y a la sociedad civil de instrumentos idóneos para enfrentarse a
la ley de Tasas. Es evidente igualmente, que seguiremos profundizando en las
acciones jurídicas y movilizaciones sociales necesarias para conseguir la
derogación de la ley de Tasas".
En el Recurso ahora
admitido se denuncia que el Gobierno ha incumplido el deber previo antes de
publicar tal disposición de dar un trámite de audiencia de 15 días a los
colectivos afectados, determinando la ausencia de este requisito su nulidad.
Recursos informativos:
>>
Descargar Decreto de
Admisión del Recurso (Audiencia Nacional, 11-01-2003)>>
Descargar Recurso
Contencioso Administrativo>>
Descargar Recurso de
Amparo ante el Tribunal Constitucional
VEA TAMBIÉN:
>>
Margarita Robles sobre
las tasas de Gallardón: '¡Qué diría su padre si lo viera!'