El pasado 13 de marzo, la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) absolvió al acusado de su desaparición, F.R.G., alegando en la sentencia que los hechos probados no tenían "potencia ni virtualidad suficiente para estimar probada la muerte de la desaparecida" y solo probaban su "desaparición súbita".
Así, quedó revocada la condena a 15 años de prisión del acusado tras atender la Audiencia Provincial de Albacete el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.
El TSJCM argumentó que existía "tal ausencia de pruebas" sobre el fallecimiento que "tal vacío" no era posible llenarlo o sustituirlo "con una simple concurrencia de indicios" sobre el acusado, además de que se corría el riesgo "más que probable de error judicial".
El 10 de abril, la familia de Mari Cielo formalizó la presentación del recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia absolutoria.