El juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional,
José Luis Castro, ha aceptado la petición de poner en libertad por
"razones humanitarias" al etarra Josu Uribetxeberria Bolinaga, condenado
por el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara,
para que sea atendido del cáncer que sufre, informaron fuentes
jurídicas.
El magistrado, que toma esta decisión con el criterio en contra del
fiscal
Pedro Rubira, sostiene que todos los informes médicos que obran
en la causa, a pesar de presentar "algunas contradicciones", coinciden
en que el interno padece "una enfermedad grave e incurable" que tiene
"muy mal pronóstico" y que su esperanza de vida oscilaría entre "los
seis y los doce meses".
Según
Castro, la enfermedad que padece
Uribetxeberria Bolinaga -un tumor cancerígeno en el riñón, una metástasis en el pulmón y otras
tres en el sistema nervioso central- provoca que la pena de cárcel de
313 y 8 meses que cumple por delitos de carácter terrorista "no cumpla
ya la finalidad socializadora que tiene atribuida", a lo que se une que
su ejecución resulta "atentatoria a los principios de humanidad y
dignidad de la persona, que tienen que predominar sobre cualquier otra
consideración legal".
Por ello, justifica su puesta en libertad por "principios de
humanidad", por el derecho a "la dignidad de las personas" y a "una
muerte digna" y porque considera que "el último periodo de la vida de un
ser humano es el más difícil de afrontar física y psíquicamente".
En su auto el juez condiciona la puesta en libertad a que Bolinaga
no pueda acercarse a las víctimas de sus acciones criminales,
participar de forma activa en manifestaciones de legitimación de la
violencia ni ausentarse de la residencia que fije de manera oficial ante
el juzgado. Además, deberá presentarse mensualmente en los servicios
sociales externos del centro penitenciario de San Sebatián y deberá
comunicar cualquier novedad referida a su tratamiento médico.
No saldrá de la cárcel si hay recursoEn todo caso, la salida de la cárcel del preso no será inmediata
ya que se producirá cuando el auto judicial adquiera firmeza, tal y como
establece la Disposición Adicional Quinta de la Ley Orgánica del Poder
Judicial (LOPJ), que recoge que cualquier recurso tendrá "efecto
suspensivo" sobre la puesta en libertad del condenado.
De esta forma, la Fiscalía tendrá un plazo de cinco días hábiles,
es decir, hasta el jueves de la próxima semana, para recurrir el auto de
libertad condicional, que sería examinado por los cinco jueces de la
Sección Primera de la Sala de lo Penal, que preside el magistrado
Fernando Grande-Marlaska.
El juez Castro, que recuerda que Uribetxeberria Bolinaga cumplió
las tres cuartas partes de su condena en julio de 2012, también alude en
su auto a la "dificultad para delinquir" que tendría ahora el recluso y
a la "escasa peligrosidad" que presentaría tras salir de la cárcel.
A pesar de confesarse un "profano en cuestiones médicas", el
magistrado instructor hace alusión a la jurisprudencia del
Constitucional y del Supremo para justificar que la aplicación de la
libertad condicional no precisa del carácter "terminal" de la
enfermedad.
En contra del criterio de la Fiscalía y de la forense de la
Audiencia Nacional Carmen Baena, que señalaban que el etarra no se
encontraba en situación "terminal" y podría ser tratado por los
servicios médicos de la cárcel de Zaballa (Álava), el juez recuerda que
las enfermerías de los centros penitenciarios no son "centros
hospitalarios en los que pueda tratarse adecuadamente el grado de
complejidad clínica de un enfermo oncológico avanzado".
Visitas habitualesEn otro punto de su resolución el juez justifica la visita que
realizó este martes al Hospital Dononstia de San Sebastián para visitar
al recluso, que está ingresado en este centro desde el pasado 1 de
agosto, y se entrevistara con los médicos oncólogos que le están
tratando.
Castro dice que este tipo de actuaciones se encuentra "dentro de
las competencias que tiene atribuidas el juez penitenciario" y recuerda
que en el último trimestre de este año ha realizado 24 visitas a
"centros penitenciarios, psiquiátricos y establecimientos análogos" de
toda España.
También destaca que el criterio de la excarcelación para este tipo
de presos es el mismo que ha mantenido en anteriores resoluciones, tal y
como hizo en "las dos anteriores libertades condicionales por
enfermedad de internos condenados por delitos de terrorismo".
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