Prisión perpetua revisable (mínimo, 30 años), desde el mes que viene
lunes 20 de agosto de 2012, 08:57h
En materia de lucha contra
el terrorismo etarra, está visto que no todo está ya visto, ni mucho menos. Si
este domingo aseguraba el diario El País, que el Ministerio del Interior quiere
ofrecer a los miembros huidos de la banda terrorista ETA la posibilidad de
volver a España, siempre y cuando se desvinculen de la organización., y que, en
principio, aquellos reclusos sin procedimientos judiciales abiertos, sobre los
que no exista una orden de busca y captura, si dieran el paso de alejarse de
ETA, podrían volver sin temer que se les impute un delito de pertenencia a
banda armada, este lunes, en cambio, el diario La Razón anuncia la cara más
áspera de la mucha lucha contra ETA: empieza recordando lo que ya anunció,
recién aterrizado en el Ministerio del interior, el ministro Ruiz Gallardón, a
saber, la muy probable instauración de la
prisión permanente revisable para delitos de especial gravedad, «supuestos muy
restringidos» que hayan alcanzado «el máximo grado de repulsa social», aunque
en aquel momento del anuncio Gallardón no concretó los mismos ni, por tanto, a
quiénes se les podría imponer tales penas. Sí lo hizo poco después, en el
transcurso de un desayuno informativo, cuando ya especificó que esa medida sólo
se aplicará como «mecanismo excepcional» para delitos de terrorismo de
especial gravedad. Pues bien, según esta nueva información sobre el asunto, esa
modificación se incluirá en la reforma del Código Penal, cuyo borrador de
anteproyecto llevará Justicia al Consejo de Ministros el próximo mes de
septiembre, según confirmaron fuentes próximas al Departamento que dirige
Ruiz-Gallardón al diario mencionado. Sin embargo, ello no significará que la
prisión permanente revisable pueda aplicarse de inmediato a los etarras que
cometiesen delitos de especial gravedad, ya que antes debe pasar el texto por
un recorrido de informes y posibles modificaciones, antes de que inicie su
trámite parlamentario para debatirse en el Congreso y Senado. Y, en todo caso, nunca se podía
aplicar con carácter retroactivo. Pero el titular de Justicia tiene muy claro,
dice La Razón, que los etarras deben saber que si deciden volver a las armas y
sesgar vidas inocentes, van a tener un horizonte mucho más complicado y difícil
que hasta ahora. Y es que quienes
cometan ese tipo de acciones, sean detenidos y condenados a la pena de prisión
permanente revisable, tendrán que pasar entre rejas varias décadas antes de que
se evalúe su situación y comprobar si están reinsertados y alejados del
terrorismo para que puedan volver a vivir en sociedad. En concreto, según las
citadas fuentes, en el nuevo Código Penal se establecerá un plazo mínimo de 30
años que tendrán que cumplir quienes sean condenados a la pena de prisión perpetua
revisable; de forma que el hecho de, por ejemplo, firmar una carta en la que se
«arrepientan» de sus acciones criminales y pedir perdón a sus víctimas no va a
suponer un acortamiento de su tiempo de privación de libertad, no al menos
hasta pasar esos 30 años en la cárcel. Será
a partir de entonces cuando se «revise» su situación y se compruebe si está
completamente rehabilitado y ha abandonado sus vínculos con la banda
terrorista. Si recibe un pronóstico «favorable», se le podrá conceder la
libertad, pero si es «desfavorable» deberá esperar en prisión otro tiempo hasta
que se vuelva a estudiar su situación. Se trata de una medida, según señaló
Ruiz-Gallardón durante su comparecencia en el Senado, «excepcional» y
«revisable». «Excepcional -dijo-, pues se reservará a supuestos muy
restringidos (exclusivamente los de especial gravedad terrorista), y revisable,
porque asume los fines de rehabilitación del reo y su reinserción social».
Una vez que el Consejo de Ministros dé luz verde al texto que presentará el
ministro Ruiz-Gallardón, el anteproyecto se remitirá al Consejo General del
Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado para que emitan los
preceptivos informes y realicen las sugerencias oportunas. Posteriormente, el
Ministerio de Justicia decidirá si incorpora algunas modificaciones y llevará
al Consejo de Ministros el texto definitivo, que será el que se debata en las
Cámaras. Lo previsible es que,
tras su aprobación, se establezca un periodo de «vacatio legis» en el que no se
aplicarán las modificaciones.
De manera que vemos los dos aspectos de la
acción del Gobierno contra el terrorismo: De un lado, la "mano blanda" con
quienes deseen reintegrarse en la sociedad y de otra parte, el propósito de
disuadir a quienes pudieran proyectar dedicarse a esa actividad del terrorismo,
en la que se pretende iniciar una etapa nueva y diferente.
En el periódico que se cita se reproducen
los argumentos jurídicos que ya en su momento se utilizaron cuando surgió esta
posibilidad. Se recuerda, por ejemplo, que el Tribunal Constitucional ya dejó
claro que el incremento de tiempo de un recluso en prisión no es incompatible
con el fin constitucional de reinserción social. Lo hizo en la sentencia que
avaló la «doctrina Parot», en la que afirmaba firma que la regulación
penitenciaria cuenta con un elenco de medidas, a través de una
«individualización científica» que favorecen y posibilitan la reinserción si la
conducta del preso y su evolución muestra que se halla en condiciones de
rehacer su vida en libertad. Y reproduce también los datos de una encuesta
sobre el particular: Nada menos que el 81% de los españoles apoya sin reservas
la cadena perpetua para los condenados por delitos terroristas graves. El
respaldo a esta medida es muy amplio en todas las franjas de edad,
especialmente entre los jóvenes de 18 a 29 años, de los que el 91,3% está a
favor. La encuesta de La Razón refleja que tan solo el 10,2% de los ciudadanos
se opone a esta condena. Y de nuevo los más jóvenes son los más destacados:
sólo el 4,3% se opone a la cadena perpetua.
Por otro lado, y según anuncia este lunes el diario El
País, la Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional se este martes próximo para resolver
la petición de libertad de una veintena de etarras a los que se había alargado
sus condenas a 30 años de cumplimiento efectivo de prisión en aplicación de la llamada "doctrina Parot". Estos terroristas han pedido la
libertad tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que
hace un mes estableció que la citada doctrina, al prorrogar la prisión a la
etarra Inés del Río Prada,
vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esta es la primera vez que se
ha pedido al Constitucional que aplique directamente la sentencia de Estrasburgo (Francia). Recuerda el periódico que la
Sala de Vacaciones del Constitucional, que se reúne para resolver los asuntos
pendientes durante el mes de vacaciones judiciales, estará integrada por el presidente
del alto tribunal, Pascual Sala; el vicepresidente, Ramón Rodríguez Arribas, y
el magistrado Pablo Pérez Tremps. La petición de libertad de la veintena de etarras, formulada por su abogado, Íñigo Iruin,
es el único punto que abordará el Tribunal en su reunión de mañana. Y cabe
recordar que el Tribunal Constitucional ya resolvió el pasado mes de marzo los
primeros 31 recursos de condenados a los que se había aplicado la doctrina
Parot, la mayoría de ellos miembros de ETA condenados por delitos de sangre. El
alto tribunal amparó a tres etarras, no admitió a trámite otros tres recursos y
rechazó los 25 restantes, de ellos, 21 de presos de ETA. Una segunda sentencia
ratificó en junio la doctrina Parot para otros dos presos etarras y amparó a un
tercero, Peio Etxebarria. En total, fueron 23 los reclusos etarras a los que el
Constitucional confirmó la aplicación de la doctrina Parot, todos los cuales
tienen ya expedita la vía al Tribunal de Estrasburgo. La doctrina, que toma su nombre del
sanguinario etarra Henry Parot, fue establecida por el Tribunal Supremo en
sentencia de 28 de febrero de 2008. El Supremo estableció un nuevo cómputo de
los beneficios penitenciarios indicando que en lo sucesivo, las redenciones de
pena no debían descontarse del límite máximo de 30 años, sino sucesivamente de
cada una de las condenas impuestas, hasta que el preso cumpliese efectivamente
los 30 años en prisión. La doctrina fue aplicada a más de 80 presos de ETA. Sin
embargo, en marzo quedaron sin resolver otra veintena de recursos que estaban
en trámite y pendientes de sentencia en la Sala Primera, a los que ahora el
abogado Íñigo Iruin ha pedido que se aplique la sentencia de Estrasburgo
dictada en el caso de la etarra Inés del Río, para que salgan en libertad.
Recuerda El País que cuando el Constitucional se pronunció sobre la doctrina
Parot lo hizo sobre la forma en que ésta había sido aplicada por los
tribunales, pero no sobre su viabilidad. El Constitucional explicó que la
doctrina Parot era una cuestión de legalidad ordinaria, en la que le estaba
vedado entrar, por lo que solo amparó a los cuatro únicos casos en los que
dicha doctrina se había aplicado retroactivamente. Pero el pasado 10 de julio,
el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, dictó
la primera sentencia de fondo sobre la doctrina Parot en el caso "Inés del Río
contra España". La terrorista del comando Madrid,condenada a más
de 3.000 años de cárcel por múltiples asesinatos, entre ellos los de 12 jóvenes
guardias civiles en la masacre de la Plaza de la Republica Dominicana de Madrid,
debía haber salido de prisión el 3 de julio de 2008, tras 18 años de
cumplimiento ininterrumpido. Pero al aplicársele la doctrina Parot, se retrasó
su salida hasta 2017. Tras examinar su recurso, el Tribunal de Estrasburgo
tumbó la doctrina Parot al entender que el nuevo cómputo de las penas
establecido por el Supremo en 2006 tuvo un "impacto decisivo" en el
alargamiento en casi nueve años de la condena a Del Río, y que dicho cómputo se
aplicó retroactivamente en su perjuicio. El tribunal
pidió a España "la puesta en libertad de la demandante" y que indemnizase a
Inés del Río con 30.000 euros en concepto de daños. El TEDH declaró que España
vulneró el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en cuanto
establece que "nadie puede recibir una pena más elevada que la que le era
aplicable al delito en el momento de su comisión". También declaró la violación
del artículo 5.1 del Convenio, en el sentido de que la prórroga de la prisión
fue "irregular". El TEDH condenó a España a indemnizar a Inés del Río con
30.000 euros por daños morales y abonarle 1.500 más de costas. Además, declaró
que la etarra debería ser excarcelada inmediatamente. España, sin embargo, ha
hecho caso omiso del fallo y en su lugar, ha anunciado que, en septiembre,
recurrirá a la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, integrada por 17 jueces.
Y mientras no se pronuncie este tribunal, la sentencia del caso de Inés del Río
no es firme. Y ese pudiera ser uno de los argumentos que baraje el
Constitucional en su pronunciamiento de mañana: que al no ser firme todavía la
sentencia del caso Inés del Río, habrá que esperar al pronunciamiento de la
Gran Sala de Estrasburgo antes de aplicarla a una veintena de etarras. Aunque
no ha trascendido la relación de casos que examinará el Constitucional, entre
los recurrentes que están pendientes de resolución figuran algunos muy
conocidos como José Antonio López Ruiz, Kubati, condenado por el asesinato de
la dirigente etarra Yoyes, y Santiago Arróspide Sarasola, Santi Potros. También
puede estar en la relación la propia Inés del Río que tiene pendiente en el
Constitucional un recurso por aplicación de la doctrina Parot. Y es que su
primer recurso fue inadmitido por el Constitucional por falta de contenido, lo
que le abrió la vía a Estrasburgo en la sentencia que ahora le ha dado la
razón. Pero mientras el TEDH se pronunciaba, la etarra volvió a impugnar la
aplicación de la doctrina Parot ante la Audiencia Nacional, en un recurso que
fue rechazado, por lo que Del Río acudió de nuevo al Constitucional que, esta
vez sí, lo admitió a trámite...
Mucha jurisprudencia, como se ve, en materia de
terrorismo y terroristas, que llega este lunes a grandes titulares de prensa: El
Gobierno aprobará la prisión perpetua para terroristas en septiembre, cuenta La Razón... En El País: El
Constitucional delibera si 20 etarras quedan libres tras el fallo de
Estrasburgo. El PSOE apoya el plan para terroristas huidos. Dice El Mundo que Interior usa un plan de
Patxi López parta que los huido de ETA vuelvan al país. Y que Interior y
Fiscalía clasifican a los etarras huidos para su reinserción. También en La
Vanguardia: Interior prepara un plan para facilitar el retorno de etarras
fugados. Unos 300 podrían beneficiarse. Según La Gaceta, la reinserción de
etarras huidos dejará sin resolver 314 crímenes. Y en ABC, se asegura que
víctimas de ETA ponen en cuestión los informes médicos de Bolinaga y cuestionan
que los análisis a los presos se hagan siempre en el País Vasco.