"Terror al despido" de la reforma laboral del Gobierno
viernes 10 de febrero de 2012, 20:21h
El Gobierno ha decidido abaratar el despido, es lo que se llama empezar la casa por el tejado, lo que no quiere decir que no fuera necesario, pues si las actuales condiciones laborales han dado con la quiebra de centenares de miles de empresas, con los consiguientes despidos, muchos de ellos financiados finalmente por el propio Estado, es decir el FOGASA, ante la insolvencia de la mayoría de ellas, algo estaba mal , pero que muy mal, pues el valor intangible de las empresas, su Know How , la inversión y su I+D+i se iban al pozo de los recuerdos, porque a nadie se le ocurrió nunca obligarlas a considerar la posibilidad de despedir sobre todo en las indemnizaciones de 45 días, con reservas obligatorias o seguros que cubrieran esas eventualidades. Tampoco ahora lo hace la Reforma laboral propuesta por el Gobierno, grave error que apartara a muchos posibles empresarios de serlo, pues en las Pymes y en las empresas de servicios, este el principal factor de futuro desequilibrio.
1ª Reforma, que debiera en realidad ser la última, ya que lo 1º es crear empleos y riqueza: Los contratos fijos que se firmen a partir de ahora tendrán como indemnización 33 días por año trabajado en caso de despido improcedente y un máximo de 24 mensualidades, frente a los 45 días y las 42 mensualidades actuales. Esto ahorra. Así lo ha anunciado la ministra de Empleo, que ha especificado que se respetan "los derechos adquiridos".
Esto significa los trabajadores que hasta ahora tengan un contrato de 45 días mantendrán esta indemnización hasta la fecha de entrada en vigor de la reforma. A partir de ese momento, tendrán una indemnización de 33 días. Estos empleados mantienen el derecho a 42 mensualidades, especifica la reseña del Consejo de Ministros. "En caso de despido procedente, la indemnización será de 20 días, hasta un máximo de 12 mensualidades", ha señalado la ministra, un aspecto que no cambia.
2ª Reforma, Las pérdidas se considerarán causa económica de despido, esto es fantástico. Se mantiene en casos de pérdidas actuales o previstas. Y se añade otro supuesto: "La disminución persistente de los ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos. Genial. Pero no dice nada de que las empresas deben tener reservas para esos despidos.
3ª Reforma, Los contratos temporales podrán encadenarse por un máximo de dos años. Además, la reforma laboral recupera el límite al encadenamiento máximo de contratos temporales de dos años eliminado por el anterior Ejecutivo. Lo hace a partir del 1 de enero de 2013, lo que significa que este 2012 seguirá siendo un año de carencia en este sentido.
4ª Reforma, Se crea un contrato indefinido para empresas de menos de 50 trabajadores: una deducción de 3.600 euros por el contrato del primer empleado menor de 30 años y de parados de larga duración, lo que se hará con "bonificaciones de hasta 4.500 euros". Además, ese trabajador podrá cobrar voluntariamente el 25% de la prestación de desempleo, durante un año, y el empleador se podrá deducir el 50% del total de paro que percibía el trabajador, también por un año". El periodo de prueba para este contrato específico para pymes es de un año. Esta en realidad debía haber sido la 1ª, lo que a mí me parece totalmente insuficiente, pues el problema es que para crear empresas hay que abaratar su constitución, una simple declaración del IAE, un IVA reducido al 4% y unas desgravaciones importantes de los impuestos de sociedades para que los autónomos actuales no solo hagan facturas, sino que no le tengan miedo a formar, aunque sea empresas de 2 trabajadores, lo que crearía ya, cerca de un millón de nuevos empleos, en menos de 6 meses, aflorando el 30 % actual de mercado negro, el sin factura.
.5ª Reforma, Nuevo contrato de formación y aprendizaje. El nuevo contrato de formación. La edad máxima para acogerse a este tipo de contrato será de 30 años "hasta que la tasa de paro no baje del 15%". Entonces la edad máxima será de 25 años.La edad límite será de 25 años cuando la tasa de paro baje del 15% Sobre formación, los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de formación al año pagada por la empresa, siempre que cuenten con un año de antigüedad. Tal y como se había avanzado esta semana, se crea una cuenta formación en la que se recogerá la formación recibida a lo largo de su vida activa.
6ª Reforma, La reforma laboral elimina la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos. Es decir, que los ERE solo los tendrá que autorizar el juez y ya no hará falta que lo haga también la Consejería de Empleo de la CC.AA. correspondiente. Y se abre la posibilidad de que haya despidos en los organismos y entidades que forman parte del sector público invoquen causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. Es la 1ª vez que el sector publico se abre al contrato privado, los puestos no serán de por vida.
7ª Otros detallitos. Desde la entrada en vigor de la ley, se elimina el sistema de clasificación de trabajadores por categorías y se generaliza el sistema de grupos profesionales para que un trabajador pueda desempeñar diferentes funciones y puestos en una misma empresa. También se facilita la modificación de las condiciones de trabajo por parte del empresario para cambiar de lugar de trabajo (movilidad geográfica) y modificar jornadas y horarios laborales. Los directivos de banca sancionados no tendrán derecho a indemnización. Para evitar despidos, "se simplifican los trámites y se elimina la autorización administrativa necesaria" para reducir la jornada de trabajo o suspender el contrato en situaciones de disminución de la demanda. El empresario se bonificará el 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por estas medidas -"con una duración de 240 días máximo y condicionada a la estabilidad en el empleo (al menos, un año)"-.
En relación a la negociación colectiva, los convenios de empresa tendrán prioridad sobre cualquier otro. Para aquellas que no lo tengan, y estén "en dificultades", se facilitará la no aplicación del convenio de ámbito superior, lo que popularmente se conoce como descuelgue. Si no fuera posible el acuerdo, se decidirá por arbitraje. Los convenios ya no se prorrogarán hasta que se firme uno nuevo. Desde ahora el plazo para llegar a un acuerdo es de dos años. Después, el convenio deja de estar vigente.
¡Vaya patada en las narices de los actuales sindicatos! Su pérdida de poder es tan evidente que me huelo la huelga General. COROLARIO: Le encuentro a todo un exceso de complicación y le falta seguridad jurídica para los nuevos empresarios que aborden la creación de nuevas empresas, que deberían estar exentos de responsabilidades, si su empresas fracasan y la causa no sea apropiación indebida de beneficios a lo Undargairin.
Presidente de clubs y fundaciones liberales. Miembro asociado de Alianza Liberal Europea (ALDE). Premio 1812 (2008). Premio Ciudadano Europeo 2013. Medalla al Mérito Cultural 2015. Psicólogo social. Embajador de Tabarnia. Presidente del partido político constitucionalista Despierta.
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Comentarios
Últimos comentarios de los lectores (6)
3089 | Bernardo Rabassa - 14/02/2012 @ 09:01:22 (GMT+1)
No se de que van estos comentarios de C.R que no se quien es
3005 | C.R. - 11/02/2012 @ 12:31:51 (GMT+1)
La Tesorería General de la Seguridad Social le impone a Cesar Roman una multa de 277'48?:
Fuente: B.O.C.M. NÚM. 227 (2003
También la Administración le abre diversos expedientes e impone las siguientes multas (4038,82?): Quedando prescrita la multa a su mujer Natividad Rodriguez Pascual:
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 22/5/2003.
Denuncia a César Román Viruete por malos tratos por parte de Dª María Setefilla Ruiz Martín.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 26/1/2005.
Sentencia de conciliación del "Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid" por denuncia interpuesta por CCOO y UGT contra César Román Viruete como director del departamento de RRHH de la empresa Ambulancias Europa, SA", quedando su capacidad de mediación en entredicho al haberse convocado una huelga por pagos atrasados a los trabajadores.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 15/12/2005.
Cesar Roman, Siendo director de relaciones laborales de la empresa Círculo Empresarial Madrileño S.L., fue demandado junto a Josep Anglada por impago por sus trabajadores ) en el famoso caso de Plataforma por Cataluña-Plataformapor Madrid, de donde era César Román Viruete presidente
(Fuente: Sentencia juzgados de Madrid 21/11/2006
Cesar Roman, En 2007 recibe una nueva fuerte sanción (12.516'48?) proveniente de la Unidad de Recaudación Ejecutiva por mala praxis (derivación de responsabilidad) con el la empresa O'Lar de Gumter:
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 26/2/2007.
Recibe una sanción de 286'55? de Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales:
Fuente: Boletín Oficial de la Com. De Madrid 23/10/2007
3006 | C.R. - 11/02/2012 @ 12:31:51 (GMT+1)
Cesar Roman, Embargo de 293,22?
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 27/8/2008.
6 de Mayo Cesar Roman: Declarado culpable por impago a trabajadores (2.858,56?). Dª Desislava Sasheva Dimitrova denuncia por impago a las empresas O`Lar de Gumter S.L., y Arquero & Brull asociados (posterior editora del diario gratuíto de César Román "El Agujijón"), resultando culpables y declarándose insolventes.
Fuentes: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 20/11/2007, Boletín Oficial del Estado 6/5/2008, Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (II) 33/2008 .
Cesar Roman, Como gestor del intento fallido de cadena de franquicias "Cervecerías De aquí a la cama" (perteneciente a la empresa "Arquero & Brull asociados") recibió una sanción debido a una inspección que debió encontrar altas irregularidades en función de la cuantía impuesta de multa (20.000?)
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (7/8/2008).
Nueva sanción de la Administración a César Román Viruete por valor de 293,22?:
Fuente: Suplemento del Boletín de la Com. De Madrid 3/2/2009
En este año César Román, como Secretario General de CEIPYMEM, donde nació federada AELAM (Asociación de Empresarios Latinoamericanos de Málaga), afirma en público que su D. Juan Ramón Torresano Menor había estafado a empresas recolectando falsas cuotas en concepto de patrocinios para un encuentro de empresarios. Afirma haberse iniciado diligencias pero no existe denuncia de ninguno de aparentemente muchos afectados ni sentencia sobre el caso. Román Viruete Indica también que D. Juan Ramón Torresano no era empleado de suempresa, mientras que posteriormente un juzgado declaró su propio despido como improcedente, desmintiendo a César Román. El trabajador afirmó que César Román Viruete "cambió Román. El trabajador afirmó que César Román Viruete "cambió cerró, dejando a los cuatro trabajadores en paro y con una deuda de hasta 2.000 euros" así como haber interpuesto una denuncia por emitir un cheque sin fondos.
Fuentes: El Mundo (26/11/2009) El Mundo (30/11/2009
En 2010 tiene (conocidos) dos procesos judiciales los cuales Pierde la demanda interpuesta por Antonio Jiménez Bordes por despido improcedente Siendo condenado a pagar 1.173,70 euros en concepto de indemnización, más otra cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, a razón de 40 euros diarios (desde el 7 de Noviembre de 2009 hasta el 27 de Abril de 2010), lo cual hace una cantidad extra de 6.840?, sumando un total de 8013,70?.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 24/8/2010, Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid 24/8/2010.
Declarado improcedente el despido de Juan Ramón Torresano Menor, lo cual pone en duda las palabras de César Román sobre que no estaba contratado. Que el día 12 de marzo de 2010, se dictó sentencia declarando la improcedencia del despido de don Juan Ramón Torresano Menor, condenando a la empresa Federación de Empresarios Ahora Málaga Asociación Círculo Empresarial Independiente de Pequeña y Mediana Empresa de Málaga a que, a opción de la misma, que deberá ejercitar en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, readmita al actor en el mismo puesto y con las mismas condiciones o le abone la indemnización de 147,98 euros y, en todo caso, le abone los salarios de tramitación." desde el 7 de noviembre de 2009 hasta la fecha de notificación de esta sentencia (6/Mayo/2010), sumando un total de 3403,42?.
Fuente: Boletín Oficial de Málaga 6/5/2010
De nuevo es condenado en otro juicio por despido improcedente de don Salvador Díaz Gómez, siendo condenado a pagar 6.087,68?.
Fuente: Sentencia 9/12/2010, publicada en el B.O. de Málaga el 18/2/2011.
3007 | C.R. - 11/02/2012 @ 12:31:50 (GMT+1)
Éste año se incrementa la frecuencia en la que César Román Viruete visita los juzgados, César Román pierde la denuncia interpuesta por Purificación Macías Morgado sobre impago a trabajadora (4.275'66?) en su período de gestor de la "Asociación de Comerciantes Los Corazones Tiro Pichón" de Málaga.
Fuente: resolución pública boletín Oficial de Málaga 18/7/2011.
Pierde igualmente otra demanda de un exempleado, José Antonio García Florido por despido improcedente e impago de salario: "condenando a la empresa demandada a que abone al trabajador la cantidad de 1.173,70 euros en concepto de indemnización, más otra cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la presente sentencia, a razón de 40 euros" Siendo multado por un total de 11.373,70?. En este caso César Román Viruete se declara insolvente pero el juzgado deja las puertas abiertas a embargos futuros dado el caso de conocérsele cualquier bien o beneficio, al cual habría que informarle si se conociese cualquier actividad lucrativa de César Román Viruete. "a) Declarar a los ejecutados César Román Viruete y Asociación Círculo Empresarial Independiente de Pymes Málaga, en situación de insolvencia por importe de 26.952,88 euros, de principal más la de 5.390,58 euros presupuestados provisionalmente para intereses y constas, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. c) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado."
Fuente: Sentencia publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga 22/3/2011
Cesar Roman, Igualmente pierde un juicio contra "Recreativos Pozuelo S.L." por la cantidad de 41.038? más intereses y costas.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 27/10/2011.
3003 | C.R. - 11/02/2012 @ 12:31:47 (GMT+1)
¡¡Cuidado con este sinvergüenza!!
Para todos los que estéis en Facebook, cuidado con los siguientes perfiles:
Martín Chaparro, Laura Martín, Lorena Rivas, Ediciones Dialogos Economicos, El centro Madrid, El Centro de Ávila, Circulo Ahumada Guardia Civil, Circulos Duque de Ahumada, Nati Rodriguez, Diario El Aguijón, etc.....= César Román. Todos son el mismo Nick
3004 | C.R. - 11/02/2012 @ 12:31:46 (GMT+1)
La Tesorería General de la Seguridad Social le impone a Cesar Roman una multa de 277'48?:
Fuente: B.O.C.M. NÚM. 227 (2003
También la Administración le abre diversos expedientes e impone las siguientes multas (4038,82?): Quedando prescrita la multa a su mujer Natividad Rodriguez Pascual:
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 22/5/2003.
Denuncia a César Román Viruete por malos tratos por parte de Dª María Setefilla Ruiz Martín.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 26/1/2005.
Sentencia de conciliación del "Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid" por denuncia interpuesta por CCOO y UGT contra César Román Viruete como director del departamento de RRHH de la empresa Ambulancias Europa, SA", quedando su capacidad de mediación en entredicho al haberse convocado una huelga por pagos atrasados a los trabajadores.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 15/12/2005.
Cesar Roman, Siendo director de relaciones laborales de la empresa Círculo Empresarial Madrileño S.L., fue demandado junto a Josep Anglada por impago por sus trabajadores ) en el famoso caso de Plataforma por Cataluña-Plataformapor Madrid, de donde era César Román Viruete presidente
(Fuente: Sentencia juzgados de Madrid 21/11/2006
Cesar Roman, En 2007 recibe una nueva fuerte sanción (12.516'48?) proveniente de la Unidad de Recaudación Ejecutiva por mala praxis (derivación de responsabilidad) con el la empresa O'Lar de Gumter:
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 26/2/2007.
Recibe una sanción de 286'55? de Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales:
Fuente: Boletín Oficial de la Com. De Madrid 23/10/2007
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