El referido proyecto fue recibido por la presidenta de la Asamblea Nacional (AN), Cilia Flores, y se estima que el mismo se incluya en plenaria, para su primera discusión, este mismo martes.
El artículo 236 (numeral 8) de la Constitución establece que, dentro de sus atribuciones, el Presidente puede dictar decretos con fuerza de ley mediante una autorización por parte del Parlamento nacional.
En el mismo sentido, el Art. 203 dice que las leyes habilitantes para el Ejecutivo Nacional deben ser sancionadas en la Asamblea con las tres quintas partes de sus integrantes.
La AN debe fijar el plazo del ejercicio del Presidente para legislar, además de aprobar las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Jefe de Estado.