El tribunal, que también ha eximido de su responsabilidad penal a los dirigentes de Batasuna Joseba Permach y Joseba Álvarez por el mismo delito, considera que ninguno de los tres fueron "autores concretos" de la exhibición de las imágenes de etarras durante el acto.
Según explican los jueces en su sentencia, el presunto hecho delictivo se centró en la exhibición de unas imágenes de personas relacionadas con ETA y en el reparto de propaganda de esta organización. La sala -que sólo se atiene a razones jurídicas y no de cualquier otra índole por muy legítimas que sean- recuerda que en el derecho penal la responsabilidad solo se puede exigir a los autores concretos del hecho delictivo y no se puede extender esa responsabilidad a los realizados por terceros.
Así, tras la prueba practicada y un examen pormenorizado, los magistrados tienen serias dudas sobre la autoría de las personas imputadas, en la exhibición de dichas imágenes y en el reparto de propaganda. Por todo ello, en base a tales consideraciones, la sala ha dictaminado una sentencia absolutoria, que no es firme puesto que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La fiscal Teresa Sandoval solicitó que los tres dirigentes de la formación abertzale fueran condenados a 18 meses de prisión, al considerar que controlaron de forma "inequívoca" lo ocurrido en el interior del recinto, donde se expusieron fotos de etarras y se profirió de forma repetida la expresión "gora ETA". El Foro de Ermua, que ejerció la acusación popular, solicitó dos años de cárcel para los tres acusados también por el delito de enaltecimiento.
Durante la segunda y última jornada del juicio, en el que declaró el presidente del Partido Socialista de Euskadi (PSE-EE), Jesús Eguiguren, Otegi aseguró que Batasuna "rechaza el uso de la violencia para imponer un proyecto político".
VEA LA SENTENCIA DE FORMA ÍNTEGRA