Los 'populares' presentaron una querella contra el síndic socialista al considerar que había cometido un delito de cohecho al dar un supuesto trato de favor, cuando ocupaba la Alcaldía de Alicante, al constructor
Enrique Ortiz a cambio de que éste se hiciera cargo de las obras de reforma de su casa.
Según ha explicado el TSJCV, una vez planteada por el Ministerio Fiscal la prescripción del presunto delito de cohecho, el único por el que fue admitida la querella de los diputados del PP, esta cuestión debía ser examinada y resuelta por el magistrado instructor con carácter preferente y previo a cualquier otra, ya que la prescripción de los delitos extingue la responsabilidad penal (art. 130.5 del Código Penal), lo que impide cualquier otra investigación acerca de la existencia y calificación de los delitos y personas a las que afecta
Asimismo, ha señalado que contra esta decisión del magistrado instructor caben recursos de reforma y de apelación.
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