Según han confirmado fuentes del TSJCV, el juez ha dictado una providencia en la que se ordena que se ponga en conocimiento de la "persona imputada" --en referencia a Luna-- la incoación de diligencias y que se le dé traslado de la copia de la querella.
Sobre el uso del término "persona imputada", fuentes del TSJCV han explicado que el portavoz socialista no está imputado judicialmente, pero sí por parte de los querellantes, quienes le atribuyen un delito de cohecho y de prevaricación. Las mismas fuentes han aclarado que Luna pasaría a adquirir la condición de imputado en el caso en que fuera llamado a declarar, pero por ahora esta situación no se ha producido.
De hecho, en la providencia, el juez le recuerda a
Luna su derecho a designar un procurador y letrado para ejercitar la representación legal y defensa en esta sede "si las actuaciones llegan a un estado en el que fuera necesario".
En el mismo texto, el juez ordena que se notifique esta resolución a las partes y al ministerio fiscal con la advertencia de que contra la misma se puede interponer un recurso de reforma en el plazo de tres días "sin necesidad de consignación de depósito".
La Sala del TSJCV abrió diligencias contra Luna por un presunto delito de cohecho tras denunciar el PP que éste podría haber aceptado que empresas del promotor
Enrique Ortiz, implicado en los casos Gürtel y Brugal --al que pudo haber favorecido contrataciones mientras fue alcalde de Alicante-- se hicieran cargo de una reforma en su casa.