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Presunta prevaricación por investigar el franquismo

El Supremo expulsa a Falange de la causa contra el juez Garzón

El Supremo expulsa a Falange de la causa contra el juez Garzón

lunes 18 de octubre de 2010, 19:56h
El Tribunal Supremo ha confirmado la expulsión a Falange Española y de las JONS como acusación particular del procedimiento abierto al juez Baltasar Garzón por una presunta prevaricación que habría cometido al investigar los crímenes franquistas sin ser competente para ello. Además, considera que esta parte incumplió los requerimientos del juez Luciano Varela y que no se ha producido indefensión alguna imputable al instructor de la causa.
El auto dado ha conocer este lunes confirma las razones de Varela, que tomó esta decisión el pasado mes de abril después de que el partido no presentara en plazo su escrito de acusación contra Garzón una vez que el instructor le ordenara subsanar determinados defectos formales en el documento inicial.

Un mes más tarde, Varela confirmó la expulsión argumentado que el plazo para subsanar el escrito no venía determinado por la ley, sino por la providencia judicial que él dictó y que daba dos días al partido político para cumplir su requerimiento.

Ahora, la Sala integrada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Juan Saavedra, Adolfo Prego Francisco Monterde y Joaquín Giménez confirma este argumento y rechaza el recurso de apelación presentado por Falange señalado que "la preclusión de dicho plazo sin cumplimentar tal requerimiento tiene su causa exclusiva en el voluntario incumplimiento de la parte, y no en la acción u omisión del instructor.

"Consecuentemente -continúa el auto-, no se ha producido indefensión alguna imputable del órgano judicial ni vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva a la parte acusadora popular". Se trataba del último recurso pendiente en la Sala de lo Penal del Supremo, a la que ahora sólo resta fijar la fecha de inicio de la vista oral contra el juez suspendido.

Señala también el Tribunal Supremo que debe tenerse encuentra que es la acción popular la que ha presentado fuera de plazo su escrito de acusación y que, a diferencia de lo que ocurre con el Ministerio Fiscal y la defensa, esta acusación "no es parte necesaria en nuestro proceso penal, ni se trata del ejercicio del 'ius puniendi' del Estado".

El auto cuenta con el voto concurrente del magistrado Joaquín Giménez García, quien pese a compartir la decisión final de sus compañeros discrepa de sus argumentos al entender que si Varela consideró inadmisible el escrito de la representación de Falange Española, "debió declararlo 'ab initio' sin haber lugar a la concesión de plazo para subsanación".

Varela ordenó también a la otra acusación popular, que ejerce el sindicato de funcionarios Manos Limpias, eliminar determinados párrafos de su escrito inicial por entender que incluían hechos ajenos al objeto del procedimiento o que reproducían autos suyos anteriores, si bien el sindicato de funcionarios sí presentó un escrito corregido. Esta parte solicita que Garzón sea inhabilitado por 20 años.

La admisión de al menos uno de estos escritos era condición indispensable para que Varela pudiera dictar auto de apertura de juicio oral contra Garzón, puesto que la Fiscalía no le acusa en este procedimiento.
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