El Pleno del Tribunal Constitucional, por mayoría, ha apartado definitivamente al magistrado José María Macías del conocimiento de 16 recursos de inconstitucionalidad y 4 cuestiones de inconstitucionalidad -en fase de tramitación en este tribunal- y que tienen por objeto el enjuiciamiento constitucional de la Ley de amnistía de Cataluña.
La decisión se adopta una vez estimada la recusación formulada por el fiscal general del Estado y declarada la pérdida de imparcialidad objetiva del magistrado para el enjuiciamiento de dicha ley, en la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6053-2024 (ATC del Pleno de 15 de enero de 2025; ver nota de prensa 4/2025).
Macías "incurre en las causas de recusación"
Dicho auto consideró que el magistrado Macías, de corte conservadora y propuesto por el PP, por el ejercicio de su cargo de vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) incurre en las causas de recusación 13 y 16 de la LOPJ, esto es, participación directa o indirecta en el objeto del pleito, conocimiento del objeto del litigio y crear un juicio anticipado acerca del mismo.
Como la decisión del auto del pasado 15 de enero es firme, el Pleno traslada al resto de procesos constitucionales, que tienen por objeto el mismo enjuiciamiento de la validez de la ley, los efectos de la declaración sobre concurrencia de las causas de recusación en el magistrado, para garantizar la imparcialidad del Tribunal.
La Fiscalía alegó imparcialidad de Macías después de haberse pronunciado hasta en 2 ocasiones cuando actuaba como vocal del CGPJ con "valor institucional" sobre la medida de gracia que impulsó el Gobierno de Pedro Sánchez para Cataluña y que le podría contaminar para participar en estos momentos en las deliberaciones del Constitucional sobre la norma jurídica.
Era una decisión esperada porque el Constitucional tiene mayoría del bloque de jueces progresistas y minoría de conservadores.
Han anunciado la formulación de votos particulares los otros 4 magistrados conservadores, designados por el PP, Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa.
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