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Tezanos recibe una multa de 3.000 euros por la encuesta del CIS sobre la carta de reflexión de Sánchez

José Félix Tezanos
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José Félix Tezanos (Foto: PSOE)
jueves 27 de junio de 2024, 19:36h

La Junta Electoral Central (JEC) ha impuesto una multa de 3.000 euros en el expediente sancionador que inició el pasado 6 de mayo al presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos, por el sondeo flash que hizo de urgencia cuando el presidente Pedro Sánchez decidió cogerse 5 días para reflexionar sobre su futuro.

La encuesta, que estuvo basada en 1.809 entrevistas telefónicas hechas el viernes 26 de abril, se realizó después del anuncio de Sánchez de tomarse un periodo de reflexión mediante una carta abierta a la ciudadanía. Al final, el presidente del Gobierno compareció 5 días después y aseguró que iba a continuar en el cargo. El CIS dio al público sus resultados 3 horas después del fin de este paréntesis.

En dicha resolución, el organismo arbitral manifiesta que esa encuesta se realizó en pleno periodo electoral, pues se sacó en campaña de las elecciones catalanas y estando convocadas las europeas, y en esos periodos el CIS tiene la obligación de informar de sus estudios de intención de voto, cosa que no pasó esa vez.

"Es notorio que el CIS ha incumplido con esta obligación de comunicar previamente la decisión de realizar ese estudio, en el que se incluye un apartado dedicado a la intención de voto de los electores, a pesar de realizarse durante el periodo electoral de las elecciones al Parlamento de Cataluña y al Parlamento Europeo", indica la resolución.

De esta manera, la JEC termina diciendo que el sociólogo socialista "incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.2 de la ley electoral" e hizo oídos sordos a la instrucción sobre encuestas electorales que el organismo arbitral había aprobado este año.

Las infracciones al régimen de encuestas electorales llevan acarreadas multas de 3.000 a 30.000 euros, pero el CIS ha optado por el tramo más bajo, lo 3.000 euros, porque "tuvo escasa incidencia práctica para las entidades políticas concurrentes". La presente resolución es firme en la vía administrativa-electoral, pero Tezanos tiene dos meses de plazo para ver si quiere recurre ante la Sala del Tribunal Supremo de dicho orden jurisdiccional.

Alega que no preguntó por las elecciones catalanas

En sus resultados, la encuesta enseñaba que el 36,7% opinaba que debía continuar frente a un 21% que veía pertinente su dimisión. La nueva estimación de voto dio la vuelta a los resultados del barómetro del CIS realizado unas semanas antes y el PSOE subió casi diez puntos por encima del PP. Ante esto, PP y Ciudadanos hicieron una denuncia ante la JEC por una posible vulneración de la legislación electoral.

El CIS había defendido a través de un comunicado que no incumplió la legislación electoral, ya que no se hizo ninguna pregunta sobre las elecciones en Cataluña ni sobre los comicios europeos del próximo 9 de junio. "Por lo que no se ha dado ningún incumplimiento ni de la legislación electoral, ni de las instrucciones de la JEC interpretando dicha legislación", aseguró el organismo.

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