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Guardia Civil (Foto: Interior)

Sancionan a un guardia civil por ejercer también como piloto de Vueling

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
lunes 01 de mayo de 2023, 11:27h

La sala militar del Tribunal Supremo ha corroborado la sanción a un Guardia Civil por ejercer también como piloto comercial para una aerolínea durante algunos meses en 2020.

Un tribunal militar ya condenó al agente y ahora, según ha avanzado Cadena SER, el Alto Tribunal ha ratificado la sanción de suspensión de empleo y sueldo durante 5 meses.

El Guardia Civil estaba destinado en El Prato y entre abril y agosto de 2020 trabajó también como piloto comercial para Vueling dado de alta en la Seguridad Social.

Una actividad que no está prohibida para los agentes de la benemérita ya que sí es compatible con el ejercicio de las funciones de Guardia Civil, pero él no lo había notificado previamente.

En ERTE cuando realizó sus trabajos como piloto

El acusado recurrió la primera sentencia dictaminada por el tribunal militar alegando que ser piloto comercial no es una actividad prohibida y que además se encontraba en situación de ERTE cuando trabajó en Vueling.

Realizó dichos trabajos entre abril y agosto de 2020, los meses más duros de la pandemia del coronavirus y cuando tuvieron dado el cese de la mayor parte de la actividad en España muchos trabajadores entraron en ERTE.

Pero el Supremo ha rechazado el recurso y ha confirmado la sanción de 5 meses de empleo y sueldo para el agente.

"lo que se protege con la normativa sobre incompatibilidades aplicables al personal militar y de la Guardia Civil radica en preservar no solo la necesaria objetividad e imparcialidad de dicho personal que puede quedar comprometida con el desempeño de actividades relacionadas con la función, sino en asegurar la plena dedicación que resulta exigible a sus componentes", recoge parte de la sentencia según ha anticipado la SER.

Los magistrados subrayan también que el ejercicio de actividades profesionales compatibles con ser miembro del cuerpo "requerirá del previo reconocimiento de compatibilidad, para lo que es necesario e imprescindible que por el interesado se haya solicitado expresamente la compatibilidad".

Una solicitud que él no presentó y, por tanto, al haber trabajado en otra actividad supone la vulneración de la normativa.

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