El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud llegó a un acuerdo la tarde del miércoles por el cual se impondrán una serie de restricciones a la movilidad, actividades y aforos. Se traducirá en una orden ministerial de Sanidad que se publicará en los próximos días y que afectará a ciudades de más de 100.000 habitantes.
Estas ciudades tendrán incluso que cerrar, es decir, imposibilitar la entrada y salida de los domicilios y restringir la movilidad.
Detallemos esas medidas de obligada aplicación a las ciudades que cumplan los 3 requisitos: alta incidencia acumulada de casos de coronavirus (más de 500 casos por cada 100.000 habitantes), alta ocupación de UCI (más del 35% de su capacidad) y alta tasa de resultados positivos en las pruebas PCR (más de un 10%).
Reducciones de aforo y horario
Los velatorios sólo podrán reunir a un máximo de 15 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados.
En lugares de culto el aforo será de un tercio, con una distancia entre las personas de 1,5 metros como mínimo.
Los establecimientos comerciales deberán cerrar a las 22:00 horas y no podrán superar el 50% de aforo. Se aplicará también a academias y centros privados de enseñanza.
La hostelería tiene hasta las 23:00 horas para cerrar e impedir el consumo en barra. En interior, solo se permite el 50% del aforo, y en exteriores un 60%. Máximo 6 personas por mesa.
Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación impondrán un aforo del 50%.
Las instalaciones deportivas tendrán un aforo máximo del 50% en interiores y del 60% en exteriores, máximo 6 personas en grupos.
Restricciones de movilidad
Se restringirá la entrada y salida de personas de las zonas restringidas, incluyendo toda la ciudad si es el caso. Sólo se podrá asistir a citas sanitarias, trabajos, citas legales, centros educativos, retorno al lugar de residencia habitual, asistencia o cuidado de mayores...
Se permitirá la circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen estos municipios siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.
Los residentes podrán circular dentro de los municipios afectados, respetando las medidas de protección individual y colectiva.
Reuniones de máximo 6 personas
Tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas, se podrán reunir un número máximo de 6 personas no convivientes.