www.diariocritico.com
Aída Nízar
Ampliar
Aída Nízar (Foto: Instagram oficial de Aída Nízar)

El presunto delito de Errejón sobre Aída Nízar estaría prescrito

miércoles 30 de octubre de 2024, 12:34h

Eduardo Muñoz Simó, CEO y fundador de Simó Abogados, penalistas con sede en Madrid, despacho especializado en derecho penal y en delitos contra la libertad sexual, realiza un breve análisis del caso, explicando la gravedad de las acusaciones de agresión sexual.

Este tipo de delito viene contemplado en nuestro Código Penal, que protege la libertad sexual de una persona, incluyendo el derecho a no verse involucrada sin su consentimiento en situaciones de naturaleza sexual. Si las denuncias de las presuntas víctimas se confirman mediante diferentes diligencias de prueba, Errejón podría verse envuelto en la comisión de un delito de acoso sexual, que podría ir de uno a cinco años, o bien en este caso de un delito de abuso sexual, con penas de 1 a 3 años. Cabe destacar que la Ley conocida como "si es si", entró en vigor en 2022, por lo que el Código Penal anterior a dicha fecha distinguía entre delitos de abuso y de agresión sexual.

Desde el punto de vista de la defensa, habrá que esperar a examinar los elementos de prueba con los que cuenta la acusación, puesto que el paso del tiempo dificulta en ocasiones la viabilidad de la práctica de determinadas diligencias, donde como es sabido la presunción de inocencia es un derecho fundamental consagrado por nuestra Constitución.

La acusación, por su parte, se enfocará en establecer la credibilidad y congruencia de las declaraciones de las víctimas y en buscar testigos, aunque sean testigos de referencia que si bien no hubieran presenciado los hechos pudieran poner de manifiesto que la denunciante le contó lo sucedido cuando estos ocurrieron. Según Eduardo Simó, si el juez instructor considera que existen indicios suficientes de responsabilidad, se abrirá una fase en la que tanto la defensa como la acusación desplegarán todos sus argumentos y pruebas para que el juzgado de lo penal o la Audiencia Provincial, dependiendo del tipo penal a aplicar, determine la responsabilidad del acusado.

Eduardo Simó, nos hace saber que el juicio por agresión sexual seguiría un proceso extenso, con una fase de instrucción que podría durar varios meses para recabar pruebas y declaraciones. Dicho juicio, bajo la jurisdicción de un tribunal ordinario, podría demorarse entre 18-24 meses en llegar a una sentencia definitiva, dependiendo de la complejidad de las diligencias y los recursos planteados por ambas partes.

Incluso, en el caso de la señora Nízar, hablamos de un tocamiento sin consentimiento pero sin violencia o intimidación. En tal caso podríamos hablar incluso de que el delito está prescrito.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios