La Dirección General de Derechos Animales, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, ha explicado en redes sociales, a través de un vídeo, las novedades de la Ley de Protección de los Derechos y Bienestar de los Animales.
La norma ha entrado en vigor este viernes, 29 de septiembre, y supone varias novedades, pero el empeño del Ejecutivo es aclarar algunas dudas surgidas por parte de los propietarios de animales y también desmentir algunos bulos y errores surgidos en su interpretación.
Principales novedades:
- Maltrato y sacrificio cero
- Aumentan las penas por maltrato
- Será obligatorio identificar a perros y gatos con chip
- Ya no se puede dejar atados a los perros en la vía pública sin supervisión
- Los perros no podrán quedarse solos en el domicilio más de 24 horas
- En el caso de los gatos y demás animales domésticos, el plazo es de 3 días
- No se podrá comercializar animales domésticos en tiendas ni exponerlos cara al público con fines comerciales
- Bulos: no hay animales prohibidos salvo los que supongan un riesgo para el ecosistema, sean venenosos, altamente peligrosos o tóxicos
- Se prohíbe también la tenencia de primates, mamíferos silvestres de más de 5 kilos o especies amenazadas
- En cuanto a los gatos callejeros y las colonias felinas, la nueva normativa les brinda una mayor protección
- Todavía no se exigirá el seguro obligatorio de responsabilidad civil (pero se recuerda que ya era obligatorio en Comunidad de Madrid y País Vasco a nivel regional)
- Todavía no se exgbirá el curso obligatorio de tenencia responsable de mascotas (se regulará y se ofrecerán plazos más adelante)
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