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La Justicia madrileña tampoco admite la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado

Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez
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Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez (Foto: Moncloa)
Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
miércoles 23 de octubre de 2024, 14:32h

Otro varapalo judicial para Begoña Gómez. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la admisión de su denuncia contra el juez Juan Carlos Peinado por prevaricación.

La mujer del presidente había denunciado al juez que instruye su causa por prevaricación judicial, pero el tribunal ha rechazado la querella. La Fiscalía ya se había opuesto anteriormente a su admisión a trámite.

Se trata de la tercera denuncia por lo mismo y contra el mismo magistrado que la Justicia madrileña no admite a trámite. Además de la denuncia de Gómez, los abogados de Pedro Sánchez también denunciaron a Peinado por lo mismo después de llamar a decllarar al presidente en Moncloa.

Y otra querella, presentada en este caso por un periodista, también ha sido inadmitida hace unos días. En este caso el periodista Máximo Pradera denunció al juez por revelación de actuaciones procesales declaradas secretas y delito de revelación de secretos en el caso de Begoña Gómez.

No se aprecia arbitrariedad

La defensa de Begoña Gómez acusó al juez de perjudicarle gravemente por haber trasladado a las acusaciones determinadas actuaciones procesales bajo secreto, lo que facilitó que se difundieran en los medios.

Además le acusaban de adoptar medidas judiciales "arbitrarias e injustas".

Pero el TSJM ha decidido no admitir a trámite la denuncia señalando en su auto que no se aprecia "el torticero alejamiento de la norma que alega el querellante".

El texto, adelantado por RTVE, recoge que el tribunal no aprecia ningún tipo de arbitrariedad en las resoluciones dictadas por el magistrado Peinado.

"En su mayor parte trata de resoluciones que, o no tienen efectos relevantes en la causa, o no aportan ningún contenido sustantivo a la investigación o, en fin, no han perturbado los derechos procesales de la querellada", reza el auto.

Razones que, según la Justicia, son necesarias para que exista una presunta prevaricación.

"No concurren por tanto motivos para considerar cometido el delito de prevaricación en los términos que este delito ha sido descrito por nuestra jurisprudencia", han aseverado los jueces del TSJM por unanimidad.

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