El Pleno del Tribunal Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Concepción Espejel, ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad promovido por el PP contra la Ley Orgánica 8/2022, de 27 de julio, de modificación de los artículos 570 bis y 599 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
La citada Ley Orgánica, según se expresa en su preámbulo, modificaba los artículos 570 bis y 599 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a fin de introducir entre las facultades conferidas al Consejo General del Poder Judicial en funciones la de nombrar a los 2 magistrados del Tribunal Constitucional que, en los términos previstos en el citado artículo 599 de la misma norma, le corresponde designar.
El recurso imputa a la citada Ley Orgánica la vulneración de los artículos 23 y 93 CE, por su tramitación parlamentaria. De otra parte, sostiene también que la ley recurrida, que se considera en la demanda una ley singular, infringe el artículo 9.3 CE, en lo que se refiere a la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos; en tercer término, el artículo 165 CE, dado que su contenido afecta al régimen jurídico del Tribunal Constitucional; y, por último, el artículo 159.1 CE, al establecer un plazo para la designación de los magistrados del Tribunal Constitucional.
Procedimiento legislativo
En primer lugar, el Tribunal ha desestimado las quejas alegadas en relación con el procedimiento legislativo, que eran sustancialmente iguales a las aducidas en relación con la tramitación parlamentaria de la Ley Orgánica 4/2021, por aplicación de las SSTC 128/2023 (ver nota de prensa 77/2023) y 15/2024 que resolvieron los recursos de inconstitucionalidad planteados contra dicha Ley Orgánica.
En segundo lugar, la sentencia desestima también los motivos de inconstitucionalidad material, por aplicación de doctrina constitucional anterior. Así, se desestima la vulneración del artículo 9.3 CE, y de los artículos 165 y 159 CE por aplicación, respectivamente, de las SSTC 15/2024 y 49/2008.
Han anunciado la formulación de voto particular concurrente los magistrados conservadores, nombrados por el PP, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, así como de voto particular discrepante el magistrado también conservador José María Macías.
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