La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Francisco Javier O. R. a 18 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena como autor responsable del delito de asesinato de Eugenio Luis P. P., conocido artísticamente como ‘Parce Lean’, que formaba parte del grupo algecireño Gedepe's.
El fallo, que es producto del veredicto condenatorio por unanimidad de los 9 miembros del jurado popular que siguió la vista oral del juicio, establece también la pena accesoria de la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros y la de comunicarse por cualquier medio o establecer contacto escrito, verbal o visual con los padres y hermanas del fallecido.
Además, Francisco Javier O. R. deberá hacer frente a una indemnización de 150.000 euros al padre y otros 150.000 a la madre y de 70.000 euros a cada una de las 2 hermanas, así como a las costas derivadas del enjuiciamiento.
El pronunciamiento judicial contempla en su fallo la concurrencia de la atenuante analógica de alteración o anomalía psíquica, dado que los médicos forenses han acreditado que el ahora condenado estaba diagnosticado de transtorno disocial de personalidad. Además, se ha tenido en cuenta que había consumido ketamina el día de los hechos, un estupefaciente que, tal y como se recoge en la resolución, puede alterar la percepción y las capacidades intelectivas y volitivas del consumidor.
El tribunal ha considerado como hechos probados que el día 16 de mayo de 2023, hacia las 15:30 horas, Francisco Javier O. R., de 22 años en el momento de los hechos, con antecedentes penales no computables a efectos de la causa, asestó con un arma blanca hasta 36 cuchilladas a Eugenio Luis P. en el domicilio que ambos compartían en Madrid. Las puñaladas fueron propinadas en el rostro, el cuello, el hombro izquierdo, la cara anterior de hemitórax izquierdo, la cara posterior del hemitórax derecho, la fosa lumbar derecha, la pierna derecha, el brazo izquierdo, ambos antebrazos y ambas manos. Asimismo, le golpeó en la cabeza con un monopatín. Las lesiones provocadas por las cuchilladas desembocaron en una hemorragia aguda causante de la muerte una hora después.
Agonía innecesaria
Entre las circunstancias que el jurado popular ha declarado probadas, y que figuran en el correspondiente objeto del veredicto, se halla el hecho de que los dos agentes de la Policía Nacional que acudieron al domicilio tras el ataque encontraron aún con vida a la víctima, quien les dijo: “Ha sido mi compañero de piso”. Y, en efecto, el procesado reconoció que se encontraba con el agredido en la vivienda.
En otro momento de la resolución, se argumenta que concurre la circunstancia específica de ensañamiento dado que, debido a la escasa longitud y anchura de la hoja del cuchillo, sólo tres de las 36 puñaladas eran mortales, añadiendo incluso el golpe en la cabeza con el monopatín, en el que se encontraron restos de sangre, lo que, sin duda, según los forenses, prolongó la agonía de la víctima de manera innecesaria durante aproximadamente una hora.