Los empresarios Alberto Luceño y Luis Medina, que estaban acusados de estafa agravada por el conocido como 'caso mascarillas' de Madrid durante la pandemia, han sido absueltos por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid.
Pero Luceño sí que ha sido condenado a 3 años por otro de los delitos por los cuales estaba sentado en el banquillo: un delito contra la Hacienda Pública por ocultar sus ganancias.
Además, este empresario también es condenado a 8 meses por falsedad en documento oficial. Considera probado que manipuló 2 salvoconductos para poder circular durante el periodo que duró el confinamiento y un documento de identificación como agente del CNI.
Luceño también tendrá que pagar una multa de 3,5 millones de euros por todo ello e indemnizar a la Agencia Tributaria con la cantidad de 1.351.386,26 euros.
En cambio, Medina ha sido absuelto de los delitos de falsedad en documento mercantil y oficial y de otro delito agravado contra la Hacienda Pública.
El tribunal considera probado que Luceño obtuvo rendimientos derivados de su trabajo personal entre marzo y abril de 2020 que no declaró en su IRPF.
No hay estafa
En relación con el delito de estafa que se les atribuía a ambos acusados, se considera que no resulta probado que ni Luceño ni Medina aseguraran a Elena Collado, la persona que llevó la negociación, que no cobrarían ningún tipo de comisión. Collado actuó en calidad de coordinadora general de Presupuestos y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Madrid.
También se considera probado que los acusados no ocultaron a la entidad compradora, en la medida en que no lo dijeron, que fueran a cobrar comisión de la vendedora Leno, como efectivamente hicieron, lo que podría integrar un engaño por omisión. Los jueces concluyen que los acusados no estaban legalmente obligados a hacerlo y que no es exigible en el tráfico mercantil que los intermediarios que perciben márgenes comerciales incluidos en el precio final de venta deban informar al comprador.
Por último, se les absuelve del delito de falsedad en documento mercantil, ya que si bien es cierto que se atribuye a los acusados la alteración falsaria de ciertos documentos, éstos, de acuerdo con nuestra jurisprudencia, tienen la consideración de documentos privados y no se ha formulado acusación por el delito correlativo.
Lo que argumentaba la Fiscalía
La Fiscalía Anticorrupción pedía 15 años de prisión para el primero y 9 para el segundo.
Se les acusaba de presunta estafa al Ayuntamiento de Madrid cuando se encargaron de la compra de material sanitario para la pandemia de covid, como mascarillas, guantes y tests. El consistorio madrileño, cuyo alcalde es José Luis Martínez-Almeida, pagó por esta operación 11, 9 millones y los 2 acusados se habrían embolsado más de 6 millones en comisiones.
Por todo ello, la Fiscalía consideraba que su actitud fue delictiva: "Enriquecerse exageradamente a costa de la citada situación de extrema necesidad y carencia de materiales sanitarios, vendiendo los productos por un precio muy superior al que les era ofrecido por los suministradores".
Según la Fiscalía, lograron convencer al Ayuntamiento de sus "razones altruistas" en este proceso y ocultaron el cobro de comisiones. Supuestamente, además, Luceño ocultó información a su socio Medina sobre estas comisiones, pues había pactado una cantidad extra con los suministradores para cobrar el triple que su socio.
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