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José Luis Ábalos
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José Luis Ábalos (Foto: PSOE)

Empieza el vía crucis judicial para Ábalos: la Audiencia Nacional pide al Supremo imputarlo por liderar una "organización criminal"

miércoles 23 de octubre de 2024, 12:34h

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Supremo para que investigue al ex ministro y actual diputado del Congreso José Luis Ábalos.

Lo pide ante los “indicios fundados y serios” de su “papel principal” en una "organización criminal" que supuestamente se lucró con la venta de mascarillas durante la pandemia, conocida como el 'caso Koldo'.

En su exposición razonada, el titular del Juzgado Central de Instrucción Dos atribuye a Ábalos una “imputación clara y concreta” a través de una serie de indicios que evidencian su presunta participación en delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.

Por su condición de aforado antes las Cortes Generales, el magistrado subraya la imposibilidad de continuar la instrucción sin realizar diligencias de investigación que afecten de manera directa al diputado, por lo que entiende que ahora la instrucción debería continuar en la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Qué sospecha de Ábalos

ÁbalosEn su resolución, el juez atribuye a Ábalos en concreto un delito de pertenencia a organización criminal porque ocupaba un papel principal en el entramado creado por el empresario Víctor de Aldama para conseguir negocios con las administraciones públicas.

Respecto al delito de tráfico de influencias, el magistrado concluye que estaría acreditada la intervención del entonces ministro para la adjudicación de los contratos de suministro de mascarillas a la empresa de Aldama Soluciones de Gestión y Apoyo a la Empresa, así como por su intervención en la contratación, por parte de dos empresas públicas (INECO y TRAGSATEC), a la mujer con la que entonces mantenía una relación personal.

Por último, el instructor atribuye al ex ministro el delito de cohecho porque le fue proporcionado el uso y disfrute de un chalet en localidad gaditana de La Alcaidesa como pago de su mediación en la adjudicación de los contratos de suministro del material sanitario.

Otro indicio que acreditaría el cohecho, según el juez, es el pago del alquiler del piso en el que residió la pareja de Ábalos en el centro de Madrid, desde marzo de 2019 hasta septiembre de 2021, por un importe de 88.101, 43 euros y que abonó Aldama a través de personas y sociedades que estaban bajo su control.

En su exposición razonada, el juez considera que de la investigación realizada hasta ahora se infiere la “existencia de una organización criminal; de concierto previo para conseguir la adjudicación de los contratos”, unos cobros obtenidos por el asesor Koldo García para mediar y conseguir su adjudicación y las operaciones para ocultar tales cobros, así como para evitar la trazabilidad de los ingresos obtenidos consecuencia de las irregulares adjudicaciones.

Así actuaba la "organización criminal"

Víctor de AldamaEl magistrado recuerda que el inicio de esta causa se centró en la investigación del negocio de las mascarillas y que permitió poner al descubierto la relación privilegiada del empresario Víctor de Aldama en el entonces Ministerio de Fomento con Koldo García, asesor del ministro.

Como patrón general de comportamiento, Aldama pagaba de manera recurrente y periódica a Koldo la cantidad de 10.000 euros al mes por la que éste se prevalía de la influencia de Ábalos y actuaba en beneficio del propio Aldama y de sus empresas. Estos pagos a Koldo, que podrían denominarse ordinarios, según el juez, se han visto acompañados de otros de carácter extraordinario cuyo beneficiario sería Ábalos. Los más evidentes observados hasta el momento son los relativos a la compra del chalet de la Alcaidesa, así como el pago a través de personas vinculada a Aldama del alquiler de un piso que disfrutaba la mujer con la que el ministro mantenía una relación.

Estas contraprestaciones, según el magistrado, tendrían como principal razón de ser, mantener el acceso de Aldama tanto a Koldo como a Ábalos, en beneficio propio y de terceros directamente relacionados con el propio Aldama. Así, esta acción corruptora llevaba a cabo por Aldama, le permitía asegurarse la consecución de un lucro económico, asentado en la estructura societaria criminal de sus socios, presuntos partícipes también de la organización criminal objeto de investigación

Koldo GarcíaEl magistrado señala que queda acreditada la perdurabilidad en el tiempo de esta organización criminal integrada en principio por 10 personas investigadas en la causa, de manera simultánea a la celebración de los contratos investigados e, incluso, con posterioridad a los mismos (salvoconductos para disfrutar de libertad de movimientos de ciudadanos venezolanos u obtención de título de operadora para Villafuel).

De esta forma, dice el juez, la influencia ejercida por Koldo y Ábalos no quedó circunscrita al tiempo que estuvieron en el Ministerio, ya que “tras la salida de los dos referidos del Ministerio en julio de 2021, se siguen observando pagos recurrentes a Koldo por parte de Aldama hasta septiembre de 2022. De igual forma, añade, se ha llegado a acreditar mediante las intervenciones telefónicas cómo, incluso, en diciembre de 2023 y enero de 2024, Koldo recurría a Ábalos para actuar en beneficio de soluciones frente a la Administración Balear, y la deuda millonaria que le reclamaban”.

Imputar al aforado

El magistrado, en su resolución, incluye la doctrina del Tribunal Supremo que establece cómo y cuándo debe asumir el Alto Tribunal el conocimiento de hechos delictivos atribuidos a aforados y recuerda que el juez instructor debe agotar la investigación para no causar indefensión al aforado. Explica que la jurisprudencia requiere que la exposición razonada se presente en el momento en que aparezcan indicios fundados y serios de responsabilidad y sea lo suficientemente exhaustiva como para delimitar el alcance subjetivo y subjetivo de los hechos. Unos requisitos que se cumplen, a juicio del juez, en el presente caso.

Por ello, el juez Moreno entiende que a partir de ahora debe asumir la investigación del aforado la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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