La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 8 años y medio de prisión a un sacerdote por un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal a una joven mientras ejercía como su director espiritual en el colegio en el que estudiaba.
El alto tribunal ratifica además la indemnización de 100.000 euros por daños morales que el cura deberá pagar a la víctima ante el “calvario” que la hizo padecer.
El Supremo desestima íntegramente el recurso del acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que a su vez ratificó la sentencia de primera instancia de la Audiencia de Toledo salvo en la cuantía de la indemnización, que se elevó de 50.000 a 100.000 euros al estimarse al respecto el recurso de la víctima.
Los hechos ocurrieron en el periodo entre 2010 y 2013, cuando la chica tenía entre 14 y 17 años de edad, y cursaba 4º de la ESO y 1º y 2º de Bachillerato, aunque las fechas concretas de cada abuso no han podido ser precisadas con exactitud, según la sentencia confirmada.
Con 14 años
La niña, entonces de 14 años, conoció al cura en un viaje del colegio al Camino de Santiago, y en el curso siguiente el religioso pasó a ser su director espiritual.
Durante los siguientes 3 años cometió los abusos durante los encuentros que mantenía con la adolescente como director espiritual, diciendo a la víctima que él todo lo hacía “en nombre de Dios”.
La sentencia confirmada explica que la chica se sometió a tales conductas “por el rol, casi parental” que el cura asumió frente a ella cuando comenzó la relación entre ambos, por el respeto y confianza que ella tenía hacia él, en su condición de director espiritual y sacerdote, y por la manipulación a la que este último la sometía, al justificar sus actos como algo querido por Dios, y por la consideración moral y familiar que el hombre tenía en el ámbito familiar y escolar de la chica.
Los hechos probados detallan exhaustivamente los abusos y las consecuencias que tuvieron sobre la salud de la víctima, que requirieron varias hospitalizaciones.
Relación con la madre de ella
Posteriormente, la chica fue sometida a un exorcismo en el domicilio del acusado, que había sugerido a la madre de la víctima que las afecciones de ésta se debían a la influencia del demonio. También se recoge en la sentencia que tras ese episodio la madre y el sacerdote tuvieron una relación sentimental de 5 meses.
El Supremo desestima el recurso del acusado y destaca la razonabilidad de la sentencia del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha al evaluar el testimonio de la víctima como fiable prueba de cargo, y las pruebas corroboradoras de su credibilidad como fueron los informes médicos.
No hay contradicciones
El alto tribunal destaca que no comparte “que, en interpretación que hace el recurrente, se dedique a enunciar lo que considera contradicciones en distintas versiones dadas por la víctima, porque ante un calvario como el que tuvo que pasar la joven durante tantos años como lo tuvo que padecer, lo increíble hubiera sido una coincidencia exacta, cuando la experiencia de la vida nos enseña que, si bien la esencia de un acontecimiento puede recordarse en lo que el acontecimiento deja marcado, no siempre se es capaz de recordar cada detalle o secuencia puntual de ese pasado, más cuando ha transcurrido determinado periodo de tiempo”.
La Sala destaca cómo el TSJ, que visionó el testimonio de la víctima, descartó contradicciones o dudas resaltables en el mismo, que incluyó una cantidad de detalles “reveladores de un suplicio difícil de inventar”.
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