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Paco de Lucía
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Paco de Lucía (Foto: Archivo RTVE)

La Justicia avala que Paco de Lucía fue el único autor de 'Entre dos aguas' y otras piezas

miércoles 26 de febrero de 2025, 08:45h

La Sección 32 de la Audiencia Provincial de Madrid ha sentenciado que Paco de Lucía, del que se cumple el 10º aniversario de su muerte, es el único autor de 37 obras musicales de estilo flamenco, entre ellas, piezas renombradas como ‘Entre Dos Aguas’, por el que fue mundialmente reconocido.

Los temas, compuestas en los años 1960 y 1970 estaban registrados en la Sociedad General de Autores (SGAE) en titularidad compartida con el productor musical José Torregrosa Alcaraz, quien, según se recoge en la resolución -que viene a confirmar una en el mismo sentido resuelta por el juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid-, se limitó únicamente a transcribir en partitura las obras creadas por Paco de Lucía.

Esto se debía a que el guitarrista era autodidacta y carecía de la preparación para hacerlo, al no saber partituras y solfeo. Además, José Torregrosa Alcaraz tramitaba su registro en el repertorio de las obras confiadas a la gestión de la SGAE, un abuso de confianza hacia el verdadero creador y autor de las obras, que nunca se ocupó -se recoge en la resolución-, de esta clase de gestiones hasta que un miembro más joven de su familia, en concreto su hija, se preocupó de ello y destapó una situación a la que ha venido a poner punto y final la presente sentencia.

Reclamaciones de los herederos de José Torregrosa

Frente a esto, los herederos del productor José Torregrosa han mantenido durante el pleito que la transcripción de las creaciones musicales de Paco de Lucía a las partituras venía acompañada de la realización de múltiples arreglos y modificaciones, por lo que no se limitó a una mera labor de transcripción, tesis que ya desestimó el juzgado mercantil que conoció del asunto en primera instancia, cuando descartó que incluso en aquellos casos concretos en los que podía detectarse la presencia de alguna clase de arreglo musical (orquestal) carecía de la trascendencia necesaria que se requiere para generar una obra derivada y obligó a los herederos del productor a devolver las cantidades que habían sido percibidas en virtud de la explotación de esas obras durante décadas, así como el daño moral.

Los magistrados alcanzan esta certeza en gran parte debido a la información aportada por el peritaje de la obra de Paco de Lucía, de la que consta un importante número de grabaciones. A juicio de los especialistas, sus composiciones son muy personales y estaban basadas en una serie de falsetas engarzadas entre sí por medio de breves variaciones, con su introducción y su cierre, formando una obra completa. “Las composiciones de Paco de Lucía -se lee en la resolución-, son de tal complejidad técnica (que incluye picados y rasgueos de enorme dificultad) que sólo podían ser concebidas por un guitarrista, y además de estilo flamenco”. El productor, sin embargo, era pianista y no un músico flamenco. Sus partituras fueron confeccionadas desde la postura de un pianista, y aunque es cierto que en su currículo figura la composición de una misa flamenca, se trata de una obra coral.

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