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El Gobierno aprueba la reducción de la jornada de trabajo y el derecho a la desconexión

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz
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La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz (Foto: Moncloa)
martes 04 de febrero de 2025, 13:43h

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, el registro de jornada y el derecho a la desconexión.

La reducción de la jornada quedará en 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, explicó en rueda de prensa que "no se trata de una norma más, es un proyecto de país que hace que la vida real cambie”.

La reducción de la jornada laboral máxima ha sido abordada en el marco del Diálogo Social y traslada el acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales mayoritarias, CCOO y UGT, y que ha sido rubricado el 20 de diciembre de 2024, sin el beneplácito de las patronales CEOE y Cepyme.

Colectivos afectados

Los colectivos más beneficiados por la medida son las personas trabajadoras no cubiertas por convenios colectivos, que pueden actualmente verse sometidas a una jornada laboral similar a la de los últimos más de cuarenta años y que se presentan con mayor intensidad en algunos territorios y sectores como la hostelería, el comercio, la agricultura o los servicios.

Trabajo defiende que "la disponibilidad de tiempo libre es esencial para que cualquier persona pueda ejercer otros derechos y obligaciones distintos de los relacionados con el trabajo, como la corresponsabilidad en los cuidados o la conciliación con la vida personal de forma equitativa entre ambos sexos".

Registro de jornada

La eficacia de la reducción de la jornada máxima legal requiere, según el Gobierno, de medidas complementarias como la regulación precisa del registro de jornada que deberá contar con los requisitos de objetividad, fiabilidad y accesibilidad para lo que exigirá:

  • Utilización de medios digitales
  • Cumplimentación de forma personal y directa con garantías de autenticidad y trazabilidad
  • Utilización de formatos comprensibles
  • Establecimiento de obligaciones documentales y de accesibilidad inmediata e interoperabilidad
  • Registro de jornada idéntico en los contratos a tiempo parcial

Derecho a la desconexión laboral

Para Trabajo, la desconexión laboral se trata de un derecho irrenunciable para evitar que pueda exigirse el desarrollo de la prestación fuera de los horarios pactados, respetando el derecho al descanso y a la propia intimidad de los trabajadores frente al uso de los dispositivos de videovigilancia y geolocalización.

Rechazar o no atender la comunicación o la petición de prestación laboral por medios digitales fuera de la jornada laboral, no podrá generar consecuencias negativas, represalias o trato menos favorable para la persona trabajadora.

Nuevo régimen sancionador

En el caso de incumplimiento de las obligaciones en materia de registro de jornada, se considerará la comisión de una infracción por cada persona trabajadora afectada en los supuestos de ausencia de registro o el falseamiento de los datos registrados.

Los incumplimientos en materia de organización y ordenación del tiempo de trabajo que generen riesgo grave para la seguridad y salud de las personas trabajadoras se calificarán como infracción muy grave.

Las multas tendrán como importe:

  • En su grado mínimo, de 1.000 a 2.000 euros
  • En su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros
  • En su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros

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