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Trabajo no ve irregularidades en las prácticas de los becarios del musical de Nacho Cano, 'Malinche'

Nacho Can, en uno de sus montajes
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Nacho Can, en uno de sus montajes (Foto: Facebook oficial de Nacho Cano)
miércoles 02 de octubre de 2024, 12:56h

La Inspección de Trabajo ha determinado que no hay indicios de que las prácticas de los becarios mexicanos del musical 'Malinche', producido por Nacho Cano, constituyan una "relación laboral encubierta".

Según el informe, estas prácticas estaban enfocadas a "completar la formación teórica" de los estudiantes, quienes participaban en una "formación no reglada y no incluida en el sistema educativo". Por tanto, no se consideró necesaria su inscripción en el sistema de Seguridad Social.

El informe fue presentado al juzgado que investiga a Cano por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores. Los inspectores de Trabajo llevaron a cabo la investigación tras una solicitud de la Policía Nacional el 27 de junio de 2024, cuando se dirigieron a la parroquia donde los becarios del musical realizaban sus ensayos.

Las autoridades investigaban si, como denunció una de las becarias mexicanas, existieron irregularidades en las condiciones en las que estos jóvenes llegaron a España y trabajaron en el espectáculo. Esta denuncia llevó al Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid a abrir, a finales de julio, un procedimiento penal contra Nacho Cano y otras tres personas por la supuesta contratación ilegal de inmigrantes.

El informe de la Inspección, que fue remitido al juzgado el pasado 25 de agosto, detalla cómo se realizó la visita a la parroquia, la identificación de los becarios y la solicitud de la documentación pertinente sobre los mismos, sus profesores y la empresa encargada del musical.

Los becarios, en regla

Nacho Cano, con sus actores en 'Malinche'La empresa presentó varios documentos, incluyendo los contratos laborales de los artistas, las matrículas de 17 becarios y un certificado de los recursos económicos concedidos a los estudiantes, que ascendían a 8.400 euros. Según la empresa, estos fondos permanecieron en la cuenta de Malinche The Musical Spain S.L. ya que los becarios no tenían cuentas bancarias en España.

El informe, compuesto por aproximadamente 20 páginas, concluye que "no existen evidencias" que sugieran que las prácticas de los becarios impliquen una relación laboral encubierta según lo dispuesto en el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores. Señala que las prácticas estuvieron orientadas a completar la formación teórica de los estudiantes y no a generar un rendimiento económico para el desarrollo del musical.

Asimismo, el documento recuerda que, de acuerdo con una disposición adicional de la Ley General de la Seguridad Social, los alumnos que realicen prácticas formativas o académicas incluidas en programas de formación deben estar inscritos en el sistema de Seguridad Social. Sin embargo, esta normativa no aplica a los becarios de 'Malinche', ya que su formación no está reglada ni incluida en el sistema educativo oficial, lo que exime su inscripción en la Seguridad Social.

Prácticas no laborales

Nacho CanoEl informe también subraya que los becarios no estaban sujetos a la organización y dirección de la empresa con el fin de obtener un rendimiento económico. Se concluye que los 17 becarios realizaban prácticas no laborales, ya que no se pudo constatar que estuvieran prestando servicios remunerados ni ocupando puestos de trabajo que la empresa necesitara cubrir con personal contratado.

A pesar de estas conclusiones, fuentes de la acusación expresaron sus dudas respecto a la documentación presentada y tienen previsto solicitar el convenio de prácticas que debería dar cobertura legal a los estudiantes.

Por otra parte, la estudiante mexicana que denunció a Nacho Cano, desencadenando la investigación judicial por presuntos delitos contra los derechos de los extranjeros y trabajadores, está citada a declarar próximamente ante la magistrada encargada del caso. La joven, Lesly Guadalupe Orellana, de 28 años, comparecerá en lo que será la primera declaración significativa del proceso judicial.

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