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Varapalo de la Justicia madrileña a El Rubius sobre un problema con Hacienda
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(Foto: Canal Youtube El Rubius)

Varapalo de la Justicia madrileña a El Rubius sobre un problema con Hacienda

martes 29 de noviembre de 2022, 11:35h

'El Rubius', el primer youtuber que llegó al millón de suscriptores en Youtube (ahora tiene más de 40), ha estado envuelto en polémicas en los últimos años tras su marcha a Andorra para pagar menos impuestos.

Una práctica que muchos influencers han empleado en los últimos tiempos para lograr pagar menos al fisco, pues el país vecino tiene unas tasas más laxas. La salida de ' El Rubius' de España tuvo tanto detractores como defensores, pero el tema económico dio mucho que hablar.

Ahora vuelve a ser noticia por otro asunto de índole económica, aunque en esta ocasión la jugada no le ha salido como esperaba, por lo menos de momento.

Y es que la Justicia madrileña ha dado la razón a Hacienda sobre la forma de tributar los beneficios del conocido youtuber del año 2013.

Tendrá que tributar sus beneficios como IRPF y no como Impuesto de Sociedades

En 2013 la carrera del youtuber despegó y alcanzó el millón de seguidores y sus ingresos comenzaron a incrementarse notablemente. Entonces comenzó a facturar sus servicios a través de una empresa (Snofokk SL). Ingresó más de 230.000 euros netos ese año, pero dicha sociedad pagó al Rubius 99.000 euros por los servicios prestados.

Cabe destacar que de esa sociedad era el único, pues no figuraban ni empleados ni medios materiales, sólo él y sus contratos con patrocinadores, marcas...

La Agencia Tributaria descubrió entonces que los servicios facturados por la sociedad eran muy superiores a los que luego cobró El Rubius, pero siendo los mismos servicios. Entonces tributó como Impuesto de Sociedades, algo que a juicio de Hacienda es erróneo ya que él también debería haber pagado el IRPF.

Insisten en que cobrar a través de una sociedad no es ilegal, pero valorar sus propios servicios por debajo del precio de mercado provocó que pagase menos impuestos de los que le correspondían.

Según el fisco, la sociedad abonó 99.000 euros cuando, según el precio de sus servicios estaban valorados en 197.000 euros. Unas ganancias por las que debe tributar y abonar 14.700 euros y 1.300 más en concepto de intereses.

La sentencia todavía no es firme ya que cabe recurso al Tribunal Supremo.

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