El Consejo de Ministros aprobará hoy la nueva ayuda a parados de larga duración
viernes 19 de diciembre de 2014, 10:11h
El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar hoy la norma que regula
el programa extraordinario de activación para el empleo diseñado por el
Gobierno y los agentes sociales para impulsar la reinserción laboral de
los parados de larga duración (aquellos que llevan más de un año en el
desempleo).
El programa incluye una ayuda económica de 426 euros mensuales (80%
del Iprem) durante un máximo de seis meses, a la que podrán acceder los
parados de larga duración que hayan agotado todas las prestaciones,
tengan cargas familiares y cumplan determinados requisitos.
En concreto, para poder solicitar esta ayuda, los desempleados de
larga duración deberán haber tenido un empleo anterior, buscar
activamente un puesto de trabajo, y haber consumido las prestaciones del
Prepara, Prodi o la Renta Activa de Inserción al menos seis meses antes
de pedir la ayuda.
Asimismo, para poder beneficiarse de esta prestación, los
solicitantes deben tener responsabilidades familiares y estar inscritos
como demandantes de empleo a 1 de diciembre de 2014 (deben haberlo
estado al menos durante 12 meses durante los 18 meses anteriores).
La ayuda tendrá un coste de entre 1.000 y 1.200 millones de euros,
elevará la tasa de cobertura de protección por desempleo entre siete y
ocho puntos, hasta situarse en el 65% a mediados de 2015, y beneficiará a
entre 400.000 y 450.000 desempleados.
Los beneficiarios estarán obligados a llevar a cabo un itinerario
diseñado por los servicios públicos de empleo con la idea de que se
reincorporen cuanto antes al mercado de trabajo.
Además, se tendrá en cuenta la voluntad de la persona a la hora de
trabajar, de modo que sólo se podrán beneficiar del programa quienes
hayan perdido su último empleo de forma "involuntaria" y quienes acepten
cualquier oferta de empleo "adecuada", entre otros supuestos.
OBLIGACIÓN DE SUSCRIBIR UN COMPROMISO DE ACTIVIDAD.
Asimismo, los beneficiarios deberán suscribir en el momento de la
solicitud un compromiso de actividad en virtud del cual realizarán las
acciones que determinen los servicios públicos de empleo o las agencias
de colocación que actúen en colaboración con ellos.
Así, los solicitantes deberán, con carácter previo, realizar una
búsqueda activa de empleo y acreditarla. El pago de la ayuda se
realizará una vez se acrediten los requisitos establecidos y esta
búsqueda activa de empleo durante el plazo de un mes.
El beneficiario del programa no podrá rechazar ninguna oferta de
empleo adecuada, ya que ello supondrá "la baja en el programa y en la
percepción de la ayuda de acompañamiento".
Las actuaciones a realizar en el desarrollo del programa podrán
ser de orientación profesional e intermediación, de formación o
reconocimiento de la experiencia profesional, y de asesoramiento para el
autoempleo y el emprendimiento.
Otra de las características del programa, que estará vigente desde
el 15 de enero hasta el 15 de abril de 2016 y podrá ser prorrogado, es
que podrá compatibilizarse con el empleo. En estos casos, la
contratación del beneficiario por parte de la empresa podrá formalizarse
bajo la modalidad de contrato a tiempo completo o parcial, que "podrá
ser objeto de incentivos adicionales para el empleador".
Por otro lado, se diseñará un contrato con agencias de colocación
dirigido a la inserción de los beneficiarios y se les dotará de
prioridad en las acciones formativas financiadas a través de las
correspondientes convocatorias a nivel estatal.
En el ámbito de la financiación, el programa conlleva un
incremento del 16,8% de los recursos destinados en los Presupuestos
Generales del Estado (PGE) para 2015 a las políticas activas de empleo,
que se sumarán a los recursos propios que cada comunidad autónoma
destine.
Además, una parte de este mayor gasto estatal disponible en 2015
se distribuirá entre las comunidades autónomas en función del desarrollo
efectivo del programa, así como de los resultados logrados.
Como todo decreto ley, entrará en vigor tras su publicación pero
debe ser votado en el Pleno del Congreso en el plazo de un mes para
resolver su convalidación o derogación. El Gobierno calcula que se
celebrará una sesión plenaria en la semana del 20 y 21 de enero.