La Audiencia Nacional reconoce que "el descenso del Club de Segunda División A a Segunda B, genera unos perjuicios económicos derivados de su explotación comercial" pero también matiza que esos perjuicios "no pueden ni deben prevalecer sobre el interés general, representado en este caso por el adecuado desarrollo de la Liga profesional de Fútbol, máxime cuando el acuerdo sancionador ya ha ido ejecutado".
Considera que la medida cautelar "carece de objeto" como lo acredita el hecho de que el descenso a Segunda B ha provocado la resolución de los contratos de la práctica totalidad de la plantilla, conformándose "en tiempo récord" un nuevo equipo y un nuevo técnico para competir en Segunda B.
La Audiencia Nacional considera que "tampoco pueden ser tomados en consideración, los perjuicios de carácter moral o sentimental, como la actora los denomina en cuanto a la ciudad de Guadalajara, dada su intangibilidad, razones que avalan la desestimación del presente recurso, confirmando el Auto impugnado, por su conformidad a derecho."
El club ha manifestado su intención de continuar con el proceso por la vía judicial " esperando al juicio final donde ya se estudiará el fondo del asunto y en el que el C.D. Guadalajara podrá aportar las pruebas que declaren su inocencia, la cual siempre ha defendido, defiende y defenderá", explica en un comunicado.