El Gobierno impugna por fin en el Constitucional la declaración soberanista de Cataluña
viernes 08 de marzo de 2013, 17:08h
La Abogacía del Estado ha
presentado este viernes la impugnación ante el Tribunal Constitucional de la
declaración soberanista aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado 23 de
enero, una semana después de que lo acordase el Consejo de Ministros.
El viernes 1 de marzo, el
Consejo de Ministros acordó impugnar ante el alto tribunal esa declaración por
entender que su contenido "no sólo no es compatible" con la Carta
Magna sino que "produce efectos", al plantear el inicio de un proceso
"para el que mandata a poderes públicos y ciudadanos", según dijo la
vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.
En esa impugnación, el Gobierno de Mariano
Rajoy solicita la suspensión de esa resolución hasta que se resuelva el
conflicto. Tanto la Abogacía del Estado como el Consejo de Estado habían
elaborado sendos informes a favor de presentar esa impugnación basándose en la
vulneración de varios artículos de la Carta Magna, como el 1.2, el 2, el 9 y el
168.
Sáenz de Santamaría ha explicado este viernes, tras la reunión del Consejo de Ministros, que si
el Tribunal Constitucional admite a trámite la impugnación presentada por el Gobierno, se producirá
la "suspensión" de la misma porque tiene "carácter
automático": "Como todos los cargos públicos tenemos la obligación de
respetar los procesos y las decisiones, en este caso del Constitucional, todos actuemos en
consecuencia con sus mandatos porque nadie puede estar por encima de la
ley".
El Gobierno, que en este caso no ha optado
por plantear un recurso de inconstitucionalidad o un conflicto de competencias,
sino por emplear la vía de la impugnación que ofrece la Constitución, ha
expresado su deseo de que el presidente de la Generalitat, Artur Mas, entienda
esta actuación, ya que el Estado tiene la "obligación" de cumplir y
hacer cumplir la Constitución, en palabras de la 'número dos' del Ejecutivo.
De acuerdo con el informe de la Abogacía
del Estado elaborado en febrero, antes de presentar la impugnación, la
declaración del Parlamento catalán es inconstitucional por vulnerar lo
dispuesto en los artículos de la Constitución 1.2 y 2, en los que se establece
la unidad de la patria española y se precisa que la soberanía nacional reside
en el pueblo español.
También se alude al artículo 9, que sujeta a
la Constitución a todos los poderes públicos, con independencia de su ámbito, y
el artículo 168. En este último se determina la necesidad de que las Cortes
aprueben por mayoría de dos tercios cualquier modificación de la Constitución
que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del
Título I, o al Título II.