El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha admitido la
personación como acusación particular de la Abogacía del Estado, en
representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
(AEAT), después de que así lo solicitase Hacienda ante el presunto
fraude fiscal por valor de unos 470.000 euros en el que habrían
incurrido tanto el Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, como el Instituto
Nóos.
Mediante un escrito, la Abogacía del Estado solicita ser parte en
la causa tras haber tenido conocimiento de la denuncia interpuesta por
la Fiscalía Anticorrupción por la supuesta comisión de dos delitos
fiscales por el impago del IRPF en 2007 y 2008 por parte del marido de
la
Infanta Cristina y de un delito contra la Hacienda Pública en el
Impuesto de Sociedades en 2007 en el caso de la entidad aparentemente
sin ánimo de lucro.
En el escrito, la abogada del Estado jefe
Dolores Ripoll solicita
así que se le dé traslado de todas las diligencias practicas al respecto
en el marco de estas pesquisas, que constituyen la pieza separada
número 25 del denominado caso Palma Arena.
Se trata de unos hechos por los que prevén ser interrogados
Urdangarin y su exsocio
Diego Torres, quienes están citados a declarar
como imputados los próximos días 23 y 16 de febrero, respectivamente.
Y es que, según la documentación, la Agencia Tributaria de Cataluña les atribuye haber defraudado
un total de 230.979 euros del impuesto de sociedades a través de Nóos
durante el año 2007, mientras que eleva a más de 120.000 euros cada una
de las cuotas del IRPF que habría defraudado el yerno del Rey Don Juan
Carlos.
En un informe presentado ante el juez, la Agencia Tributaria
señala que, para eludir abonar a Hacienda el Impuesto de Sociedades,
desde Nóos se habrían presentado gastos ficticios que, según Hacienda y
el Ministerio Público, eran "irreales", por lo que "no podían deducirse
válidamente".
En concreto, entre los gastos analizados por Hacienda se
encuentran los procedentes de supuestos servicios prestados por
sociedades relacionadas con ambos encausados, como De Goes Center for
Stakeholders Management, Lobby de Comunicación, Nóos Consultoría
Estratégica y Torres-Tejeiro Consultoría Estratégica, cuyas facturas "no
responden a servicio real alguno".
Más en concreto, la Agencia Tributaria apunta a que Urdangarin
percibió retribuciones de entidades privadas que, sin embargo, eran
facturadas a través de la mercantil Aizoon -de la que es copropietario
al 50 por ciento junto a su mujer-, empresa "pantalla" que supuestamente
utilizaba para ocultar al verdadero receptor de las retribuciones y
disminuir de este modo su tributación en el IRPF.
El supuesto fraude a través de AizoonDe hecho, la Fiscalía recalca que, "efectivamente", los ingresos
de Aizoon obtenidos por Aizoon de las entidades Motorpress Ibérica S.A., Aceros Bergara, Mixta África, Pernod Ricard, Havas Sports
France y Seeliger y Conde "deben imputarse a la persona física de Iñaki
Urdangarin y no a la persona jurídica".
Todo ello debido a que, alega la acusación, la plantilla de Aizoon
"no era idónea para los servicios que supuestamente prestaba", así como
al hecho de que la "única finalidad" de la mercantil era la del
alquiler de inmuebles, por un importe anual (30.576 euros en 2007 y
27.329 en 2008) "muy inferior" a los importes facturados por la supuesta
actividad de asesoría (645.453 euros en 2007 y 494.156 un año después)
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