No se cobrarán las tasas
judiciales con efecto retroactivo, pese a que la ley de tasas del aún ministro
de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, debió entrar en vigor el pasado 21 de
noviembre. La chapuza de tal impidió que se pudiera cobrar ese mismo día, y
ahora los secretarios judiciales han confirmado que las tasas no se cobrarán
con carácter retroactivo.
Según el Sindicato de Secretarios
Judiciales (SISEJ), con la entrada en vigor de la Ley 10/2012 de tasas
judiciales y de la Instrucción 5/2012 del Ministerio de Justicia, el SISEJ desplegó
una intensa actividad sindical en diversos frentes, "dado el papel que los
Secretarios Judiciales desempeñamos en su aplicación así como el compromiso
social de nuestra organización".
El mismo día de la
instrucción, el SISEJ se puso en contacto con el secretario general de la
Administración de Justicia, al que expresaron su malestar y su perspectiva
crítica tanto con la Ley como con la Instrucción, además de transmitirle la
petición, formalizada en
escrito de la misma fecha, de que la Ley no tenga
efectos retroactivos. "El secretario general y autor de la Instrucción
5/2012, Joaquín Silguero, aseguró a nuestro portavoz que la exigencia de las
tasas no tendrá efecto retroactivo", confirman en el SISEJ.
En todo caso, el SISEJ afirma
que no va a mantener "una actitud pasiva ante una Ley que podría ser
inconstitucional". Este sindicato ha recomendado a los secretarios judiciales
que den curso a las demandas presentadas con la utilización de una determinada
argumentación jurídica contenida en el
fundamento jurídico que han puesto a su
disposición. El SISEJ tiene habilitado públicamente un
archivo documental con
herramientas jurídicas para Secretarios Judiciales.
También asegura el SISEJ
que desde el momento en que las tasas sean de exigible cumplimiento, este
sindicato pondrá a disposición de los secretarios judiciales una resolución
razonada en forma de decreto ante la falta de aportación de la tasa por
imposibilidad económica, atendiendo a la posible vulneración por la Ley 10/2012
del derecho a la igualdad y el ejercicio a la tutela judicial efectiva.
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