Así se desprende del proyecto de Ley publicado por el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha, que establece que el Colegio de Enología es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia "y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines".
Adquirirá personalidad jurídica desde la entrada en vigor de la presente Ley, si bien no adquirirá plena capacidad de obrar hasta que se constituyan sus órganos de gobierno. Su estructura interna y funcionamiento serán democráticos, rigiéndose por la legislación básica del Estado.
Los fines y funciones del Colegio Oficial de Enología de Castilla-La Mancha serán los que en cada momento le atribuya la legislación vigente y su ámbito territorial es el de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Podrán formar parte del Colegio aquellas personas que tengan el título de Licenciado en Enología, un título de graduado que faculte para el ejercicio de la profesión de enólogo y quienes hayan sido habilitados para el ejercicio de la profesión.
La comisión gestora designada por la Asociación de Enólogos de Castilla-La Mancha elaborará un proyecto de estatutos del Colegio Oficial y convocará, seis meses después de la entrada en vigor de la Ley, una asamblea constituyente.
La presente Ley entrará en vigor al mes de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.