SUMARIO
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
·
Se remite a las Cortes
Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA por la que se autoriza la ratificación por
España del Tratado de Adhesión a la Unión Europea de la República de Croacia.
·
ACUERDO por el que se aprueba
la firma "ad referéndum" del Tratado entre el Reino de Bélgica, la
República de Bulgaria, la República Checa, el Reino de Dinamarca, la República
Federal de Alemania, la República de Estonia, Irlanda, la República Helénica,
el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República
de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, el Gran Ducado de
Luxemburgo, la República de Hungría, la República de Malta, el Reino de los
Países Bajos, la República de Austria, la República de Polonia, la República
Portuguesa, Rumania, la República de Eslovenia, la República Eslovaca, la
República de Finlandia, el Reino de Suecia y el Reino Unido de Gran Bretaña e
Irlanda del Norte y la República de Croacia, relativo a la adhesión de la República de Croacia
a la Unión Europea.
·
ACUERDO por el que se autoriza
la Declaración de aceptación por España de la adhesión de Ucrania al Convenio
sobre la ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera,
hecho en La Haya el 4 de mayo de 1971, y se dispone su remisión a las Cortes
Generales.
Defensa
·
REAL DECRETO por el que se
aprueba el Reglamento del Consejo de Personal de
las Fuerzas Armadas.
·
ACUERDO por el que se autoriza
la inversión extranjera
de la sociedad francesa Nobel Sport, S.A., en la sociedad española Excopesa
2000, S.L., para realizar actividades relacionadas con la defensa nacional.
·
ACUERDO por el que se autoriza
la inversión extranjera
de la sociedad alemana Mann+Hummel Auslandsbeteiligungsgesellschaft Gmbh en la
sociedad española Mann+Hummel Ibérica, S.A.U., para realizar actividades
relacionadas con la defensa nacional.
·
ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera
de la sociedad francesa Derichebourg Atis Aeronautique, S.A., en la sociedad
española Atis Iberica Derichebourg Atis Aeronautique, S.L., para realizar
actividades relacionadas con la defensa nacional.
Hacienda y Administraciones
Públicas
·
ACUERDO por el que se autoriza
la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 1.413.965,29 euros y la
concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de
Fomento, por la citada cuantía, en cumplimiento del Real Decreto Ley 6/2011, de
13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños
causados por los movimientos sísmicos
acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca (Murcia).
·
ACUERDO por el que se nombra a
los representantes de la Administración General del Estado en el Consorcio Valencia
2007.
·
ACUERDO por el que se autoriza
a la Comunidad
Autónoma de Galicia para realizar operaciones de préstamos y
créditos en el exterior y/o emisiones de deuda pública hasta un importe máximo
de 430.500.000 euros.
·
ACUERDO por el que se autoriza
a la Comunidad de Madrid
para realizar operaciones de préstamos en el exterior y emisiones de deuda
pública por importe máximo de 1.417.688.656 euros.
·
ACUERDO por el que se autoriza
a la Comunidad Foral
de Navarra a realizar, hasta el 30 de septiembre de 2012, las
operaciones de endeudamiento autorizadas por el Acuerdo de Consejo de Ministros
de 28 de octubre de 2011, que fueron prorrogadas hasta el 31 de marzo de 2012
por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de enero de 2012, por el importe
pendiente de formalizar hasta un máximo de 202.100.000 euros.
·
INFORME de ejecución del plan
de pago a proveedores,
Comunidades Autónomas y ampliación de plazos para entidades locales.
Fomento
·
ACUERDO por el que se toma
razón de las actuaciones de emergencia por importe de 1.197.015,92 euros
correspondiente a las obras de reparación de los
daños producidos en diversos puntos de las carreteras N-611, N-621 y
A-8 por el temporal de primeros de febrero en Cantabria.
Educación, Cultura y Deporte
·
REAL DECRETO por el que se
establece el Título
de Técnico Deportivo en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y
los requisitos de acceso.
·
REAL DECRETO por el que se
establece el Título de Técnico Deportivo Superior en Esgrima y se fijan
sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Industria, Energía y Turismo
·
ACUERDO por el que se autoriza
la transmisión de
la licencia para la prestación del servicio de comunicación
audiovisual de la que es titular Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta,
S.A., a la sociedad Antena 3 de televisión, S.A.
Economía y Competitividad
·
ACUERDO por el que se aprueba
la concesión de un crédito por importe de 50.000.000 de dólares USA en
condiciones de mercado para la financiación del proyecto denominado "Gasoducto Morelos",
en México, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa
(FIEM).
ACUERDOS DE PERSONAL
Hacienda y Administraciones
Públicas
·
REAL DECRETO por el que se
nombra Vocal del Tribunal Económico-Administrativo Central a Dª MARÍA BLANCA GRANIZO
LABRANDERO.
Economía y Competitividad
·
REAL DECRETO por el que se
toma conocimiento de la renuncia de D. LUIS MARÍA LINDE DE CASTRO como consejero no nato del Consejo de Gobierno del
Banco de España.
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Hacienda y Administraciones
Públicas
INFORME SOBRE EJECUCIÓN DEL
PLAN DE PAGO A PROVEEDORES DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y AMPLIACIÓN DE PLAZOS PARA
ENTIDADES LOCALES
·
Hoy es el último día para que
las Comunidades Autónomas comuniquen al Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas las cifras definitivas de proveedores acogidos y facturas
incluidas.
·
A finales de junio 28.230
proveedores recibirán 16.980,8 millones de euros por las 3,7 millones de
facturas pendientes de abonar por las Comunidades.
·
Los pasados días 30 y 31 de
mayo se efectuaron las transferencias de pago a los proveedores que tenían
facturas pendientes de pago por Entidades Locales.
·
Se abre un plazo adicional
hasta el 15 de junio para que los Ayuntamientos a los que no se le concedió el
préstamo puedan corregir su plan de ajuste.
El
Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Hacienda y
Administraciones Públicas sobre la ejecución del plan de pago a proveedores a
comunidades autónomas y la ampliación de plazos para entidades locales.
A fecha
de ayer, catorce Comunidades Autónomas se han adherido al mecanismo de pago a
proveedores. Los datos a esta fecha, teniendo en cuenta exclusivamente los
datos de los proveedores que se han acogido al mecanismo, son los siguientes:
·
Van a realizarse pagos a los
proveedores, al menos, por un importe total de 16.980.864.260,46 euros.
·
El número de facturas asciende
a 3.774.681.
·
28.230 proveedores se
beneficiarán de los pagos
Hoy es el último día para que las Comunidades Autónomas comuniquen al
Ministerio las cifras definitivas de proveedores acogidos y facturas incluidas,
aunque no se esperan incrementos significativos respecto a las cifras
reseñadas.
Una vez
que el Consejo de Ministros y los órganos competentes de las respectivas
Comunidades Autónomas autoricen la suscripción de los préstamos con el Fondo
para la Financiación de los Pagos a Proveedores, los pagos se realizarán
directamente a los proveedores por el Fondo, a través de las entidades de
crédito colaboradoras, a las cuentas corrientes facilitadas por los
proveedores, a finales de junio.
ENTIDADES LOCALES
Los
pasados días 30 y 31 de mayo se efectuaron las transferencias de pago a los
proveedores que tenían facturas pendientes de pago por Entidades Locales. En
total, se abonaron 1.715.121 facturas pendientes a un total de 106.283
proveedores, por un importe total de 9.263.151.895 euros.
La
operación ha cumplido con su objetivo de inyectar liquidez al pequeño tejido
industrial español, ya que dos de cada tres facturas pendientes correspondían a
pymes y el 93 por 100 de las facturas eran de un importe menor a los diez mil
euros.
Además,
el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha abierto un plazo
adicional para un máximo de 1.478 Entidades Locales que quedaron excluidas del
Plan de Pago a Proveedores y a los que se les iba a retener una participación
de ingresos del Estado por un importe de 1.296,1 millones de euros.
Requisitos para Entidades Locales
Las
Entidades Locales que se pueden acoger son las que cumplan uno de los
siguientes cuatro requisitos:
1.Entidades
Locales que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por éste, pero
que no fue valorado favorablemente por el Ministerio.
2.Entidades
Locales que antes del 31 de marzo elevaron al Pleno un plan de ajuste, que
finalmente no fue aprobado por el mismo.
3.Las
Entidades Locales que, teniendo un plan de ajuste aprobado y valorado
favorablemente por el Ministerio, no tienen aprobada la concertación de la
operación de préstamo por el órgano competente de la corporación local
(normalmente por falta de mayoría suficiente, de acuerdo con la normativa
aplicable).
4.Las Entidades Locales cuyo órgano competente para adoptar acuerdos de
concertación de operaciones de crédito ha aprobado la formalización de
préstamos por importe o plazo de amortización distintos de aquellos por los que
debieron aprobarlos y no modificaron aquellos acuerdos.
Con el
fin de que puedan enmendar los errores, estos municipios podrán enviar hasta el
15 de junio, por vía telemática y con firma electrónica, la documentación que
pruebe que sí cumplen los requisitos a la Oficina Virtual de Coordinación
Financiera con las Entidades Locales en el portal del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.
Antes del
5 de julio, y con esta información, se remitirá la relación de Entidades
Locales que podrían formalizar la operación de préstamo y la remitirá al ICO. A
lo largo del mes de julio las entidades de crédito colaboradoras se dirigirán a
las Entidades Locales para formalizar las operaciones de préstamo.
Las
Entidades Locales afectadas tienen más información a su disposición en la
Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, en la
página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas:
http://www.minhap.gob.es/es-ES/Administracion%20Electronica/OVEELL/Paginas/OVEntidadesLocales.aspx
Economía y Competitividad
CRÉDITO DE CINCUENTA MILLONES
DE DÓLARES PARA UN GASODUCTO EN MÉXICO
·
Es el primer préstamo del
Fondo concedido a un inversor español privado en condiciones de mercado
internacional.
·
Liderado por una empresa
española, el proyecto involucra adicionalmente a otras doce empresas de nuestro
país y genera más de cincuenta millones de dólares de exportaciones españolas
inducidas
El
Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de una financiación reembolsable
con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM),
gestionado por la Secretaría de Estado de Comercio, por un total de cincuenta
millones de dólares para el proyecto denominado "Gasoducto Morelos"
en México.
Obtenido
en concurso internacional por una empresa española, que liderará la ejecución
del proyecto, este contrato abrirá las puertas a la presencia de compañías
nacionales en México, un mercado clave para España y nuestro primer mercado en
Iberoamérica. Asimismo, involucrará adicionalmente a otras doce empresas de
nuestro país y generará, aproximadamente, 55 millones de dólares de
exportaciones españolas inducidas vinculadas principalmente al material
necesario para la ejecución del proyecto con la consecuente generación de
empleo nacional.
160 kilómetros de gasoducto
Se trata
de la construcción y explotación en régimen de concesión de un gasoducto que
prestará servicios de transporte de gas natural a la Comisión Federal de
Electricidad (CFE) de México, bajo un contrato de servicios a veinticinco años.
El gasoducto, de 160 kilómetros de longitud, atraviesa los estados mexicanos de
Tlaxcala, Puebla y Morelos.
La
financiación tendrá un importe de cincuenta millones de dólares y un período de
amortización máximo de 18,5 años, y se realiza por primera vez en el FIEM para
un inversor privado español y en condiciones de mercado internacional. El
crédito del Fondo para la Internacionalización de la Empresa, imprescindible
para la consecución del proyecto, se realizará con riesgo exclusivamente del
proyecto y sin recurso al promotor (modalidad de "Project Finance"),
como es habitual en estos casos.
Crédito
con dos bancos
Para la
formalización del contrato se ha negociado un crédito total de doscientos
millones de dólares: cien millones del banco público mexicano Banobras;
cincuenta millones del banco privado Banamex-Citigroup, y la financiación de
los cincuenta millones restantes que cubrirá el FIEM en condiciones de préstamo
reembolsable y, por tanto, garantizando que la operación no genera déficit público
alguno.
La
financiación del FIEM representa el 25 por 100 de la deuda del proyecto y se
realiza de manera conjunta con dos entidades con amplia experiencia en la
financiación de este tipo de operaciones en México, con quienes se comparten
los riesgos y las garantías del proyecto. La operación ha sido profusamente
analizada con el recurso a asesores especializados y en colaboración con estas
entidades cofinanciadoras. La aprobación del Consejo de Ministros faculta al
Instituto de Crédito Oficial a negociar y firmar el convenio para este crédito,
en su calidad de agente financiero del FIEM.
Esta
operación abre una nueva etapa para el Fondo para la Internacionalización de la
Empresa, aprovechando al máximo las posibilidades legales introducidas con la
reforma de este Fondo en el año 2010, y permitiendo apoyar al sector exterior
de la economía española con nuevos instrumentos, un elemento clave para la
recuperación económica de España.
Defensa
APROBADO EL REGLAMENTO DEL
CONSEJO DE PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
El
Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento del
Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. La norma tiene por objeto
desarrollar el título III, capítulo II, de la Ley Orgánica de derechos y
deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, del 27 de julio de 2011.
El
Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas fue configurado por la citada Ley
Orgánica como órgano de participación de las asociaciones profesionales de las
Fuerzas Armadas, y su interlocución con el Ministerio de Defensa, en todo lo
relacionado con el estatuto y la condición de militar, el ejercicio de los
derechos y libertades, el régimen de personal y las condiciones de vida y
trabajo en las unidades.
La
función del Consejo de Personal es facilitar la participación de las
asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas en la
configuración del Régimen del personal militar, asociaciones que podrán
realizar propuestas y dirigir solicitudes o sugerencias en materias
relacionadas con el estatuto profesional y la condición militar.
Asociaciones representativas
El
Consejo de Personal se adscribirá a la Subsecretaría del Ministerio de Defensa
y estará compuesto por igual número de representantes del Ministerio de Defensa
y de aquellas asociaciones que alcancen el grado de representatividad fijado en
la mencionada Ley Orgánica.
El Real
Decreto también regula el estatuto de los miembros del Consejo, incluyendo
aspectos como sus derechos, sus incompatibilidades o las causas de pérdida y
suspensión de la condición de miembro.
En cuanto
a los órganos del Consejo, además de un presidente y de la posibilidad de crear
comisiones de trabajo, se prevé la figura de un secretario permanente que
contará con apoyo administrativo. En el seno del Consejo se debatirán las propuestas
de las asociaciones y las conclusiones de los debates se elevarán al
Observatorio de la Vida militar, órgano adscrito a las Cortes Generales, de
conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de derechos y deberes de los
miembros de las Fuerzas Armadas.
Industria, Energía y Turismo
AUTORIZADA LA TRANSMISIÓN DE
LA LICENCIA DE TELEVISIÓN DE LA SEXTA A ANTENA 3
El
Consejo de Ministros ha autorizado la transmisión de la licencia para la
prestación del servicio de comunicación audiovisual televisiva de la que es
titular La Sexta a la sociedad Antena 3 Televisión. La transmisión ya había
sido autorizada en diciembre de 2011, pero no fue formalizada dentro del plazo
previsto de tres meses, por lo que Antena 3 ha vuelto a solicitar la
autorización.
Analizada
la solicitud de transmisión de la licencia, se ha comprobado que la misma reúne
todos los requisitos exigidos por los artículos 25, 26 y 29 de la Ley General
de Comunicación Audiovisual. Además, la audiencia media del conjunto de los
canales de ámbito estatal de ambas cadenas considerados no supera el 27 por 100
de la audiencia total, tal y como exige dicha Ley, durante los doce meses
consecutivos anteriores a la adquisición, según la información consultada por
la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la
Información.
La
transmisión que se autoriza supone que Antena 3 asume todos los derechos y
obligaciones de La Sexta derivados de dicha licencia. Además, la transmisión
deberá ser formalizada por los interesados en escritura pública en el plazo
máximo de tres meses desde su notificación. Una vez formalizada, deberá ser
comunicada a la autoridad audiovisual competente, aportando copia de las
escrituras a efectos de su inscripción en los registros administrativos
correspondientes.
La
autorización está condicionada al cumplimiento de la legislación sobre defensa
de la competencia y se entiende sin perjuicio de la aplicación de las normas
sobre participaciones significativas contenidas en la Ley del Mercado de
Valores, del 28 de julio de 1988.
Hacienda y Administraciones Públicas
AUTORIZADAS OPERACIONES DE
ENDEUDAMIENTO A GALICIA, MADRID Y NAVARRA
El
Consejo de Ministros ha autorizado a las Comunidades Autónomas de Galicia y
Madrid a realizar operaciones de préstamos y emisiones de deuda pública y a la
Comunidad Foral de Navarra una prórroga hasta el 30 de septiembre de 2012 de
operaciones de endeudamiento autorizadas en 2011.
Galicia
Así, se
autoriza a la Comunidad Autónoma de Galicia a realizar operaciones de préstamos
y créditos en el exterior y emisiones de deuda pública hasta un importe máximo
de 430,5 millones de euros que se destinan a cubrir las necesidades de
endeudamiento derivadas del ejercicio 2012 previstas en el Plan
económico-financiero de reequilibrio 2012-2014 de la Comunidad Autónoma cuyas
medidas fueron declaradas idóneas por el Pleno del Consejo de Política Fiscal y
Financiera celebrado el 17 de mayo de 2012.
Madrid
Por otra
parte, se autoriza a la Comunidad Autónoma de Madrid a realizar préstamos en el
exterior y emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 1.417,69
millones de euros para cubrir las necesidades de endeudamiento derivadas del
ejercicio 2012 previstas en el Plan económico-financiero de reequilibrio
2012-2014 de la Comunidad Autónoma. Al igual que en el caso anterior, estas
medidas fueron declaradas idóneas por el Pleno del Consejo de Política Fiscal y
Financiera del 17 de mayo de 2012.
Estas dos
operaciones se autorizan con cargo al incremento de deuda de dicho ejercicio y
se encuentran dentro del primer tramo del 0,75 por 100 del PIB de la Comunidad,
establecido en el Acuerdo del 6 de marzo pasado del Consejo de Política Fiscal
y Financiera.
Navarra
Asimismo,
se autoriza la prórroga hasta el 30 de septiembre de 2012 de la autorización
acordada por el Consejo de Ministros de 28 de octubre de 2011 a la Comunidad
Foral de Navarra para realizar las operaciones de endeudamiento previstas en
este Acuerdo por el importe pendiente de formalizar de 202,1 millones de euros.
Se mantiene inalterado el resto de las condiciones de la operación autorizada.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
RATIFICACIÓN POR ESPAÑA DE LA
ADHESIÓN DE CROACIA A LA UNIÓN EUROPEA
El Consejo
de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley
Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de
Adhesión a la Unión Europea de la República de Croacia, y la firma "ad
referéndum" del Tratado entre Bélgica, Bulgaria, República Checa,
Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Chipre,
Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia,
Portugal, Rumania, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia y Reino Unido con
Croacia, relativo a la adhesión de esta última República a la Unión Europea.
Proceso negociador
El 21 de
febrero de 2003 Croacia cursó su solicitud de ingreso en la Unión Europea y el
Consejo Europeo de diciembre de 2004 condicionó la apertura de negociaciones a
la plena cooperación con el Tribunal Internacional Penal para la antigua
Yugoslavia. Las negociaciones comenzaron en octubre de 2005, cuando el Fiscal
Jefe del Tribunal declaró la plena cooperación de Croacia, y terminaron el 30
de junio de 2011.
El marco
negociador ha sido muy similar al de otras adhesiones. España es un país
tradicionalmente favorable a la ampliación y, en el caso de Croacia ha asumido
esta posición positiva activamente durante el semestre de Presidencia rotatoria
del Consejo para acelerar las negociaciones que fueron concluidas,
precisamente, en el trío de Presidencias España-Bélgica-Hungría.
El
Tratado de Adhesión a la Unión Europea de la República de Croacia fue firmado
en Bruselas el 9 de diciembre de 2011.
La
conclusión exitosa de las negociaciones de ampliación ha sido posible gracias
al esfuerzo de Croacia para cumplir con los criterios políticos y económicos
que se le exigían para adherirse a la Unión. Ha llevado a cabo importantes
reformas en los ámbitos político, económico, judicial y social en los más de
treinta capítulos negociadores. El país cuenta con instituciones estables y ha
asumido los principales valores europeos de democracia y Estado de Derecho,
saneando una economía que avanza para ser más competitiva.
Integración en 2013
El
Tratado de Adhesión de Croacia a la UE posibilita que el país balcánico se
convierta en un nuevo Estado miembro en principio, como muy tarde, a partir del
1 de julio de 2013, una vez se hayan cumplido los procedimientos de
ratificación de los distintos Estados y no se hayan identificado obstáculos
insalvables en el mecanismo de monitoreo que, en relación a ciertos capítulos,
la Comisión Europea desarrolla con Croacia. La propia Croacia, Italia,
Bulgaria, Malta, Hungría, Letonia y Eslovaquia han culminado ya sus procesos
internos de ratificación del Tratado de Adhesión de Croacia.
En la
actualidad la Unión Europea tiene abiertas negociaciones de adhesión con los
países candidatos Islandia y Turquía. En el Consejo Europeo de Tesalónica en
2003 se concedió a la región de los Balcanes Occidentales el llamado Horizonte
Europeo. En base a él Montenegro, la Antigua República Yugoslava de Macedonia y
Serbia tienen actualmente el estatus de países candidatos y Albania y Bosnia y
Herzegovina el de potenciales candidatos. La firma del Tratado de Adhesión de
Croacia ha significado un incentivo para las expectativas europeas de estos
países.
Hacienda y Administraciones Públicas
APLICACIÓN DEL FONDO DE
CONTINGENCIA PARA AYUDAS DESTINADAS A LORCA
El
Consejo de Ministros ha aprobado la aplicación del Fondo de Contingencia para
financiar un crédito extraordinario en el Ministerio de Fomento, por importe de
1.413.965,29 euros, con el fin de hacer frente a los gastos derivados de las
ayudas concedidas para la reparación, rehabilitación y reconstrucción de las
viviendas dañadas por los movimientos sísmicos acaecidos el pasado 11 de mayo
en Lorca (Murcia), de conformidad con lo acordado en la Comisión Mixta de 16 de
abril de 2011 y según lo establecido en el Real Decreto Ley de 13 de mayo de
2011 sobre medidas urgentes para paliar los daños en dicha localidad.
Hacienda y Administraciones Públicas
RENOVADOS LOS REPRESENTANTES
DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN EL CONSORCIO VALENCIA 2007
El Consejo
de Ministros ha aprobado los nombramientos de los representantes de la
Administración General del Estado en el Consejo Rector del Consorcio Valencia
2007.
Después
de la modificación de los Estatutos del Consorcio Valencia 2007 llevada a cabo
el 8 de marzo de 2005, entre los fines del Consorcio Valencia 2007 figura, tras
la celebración del evento, la potenciación de los impactos económicos,
culturales y de imagen que redunden en una mejora del atractivo de las
infraestructuras e instalaciones que van a ser objeto de explotación por el
Consorcio Valencia 2007 y faciliten así la obtención de una rentabilidad
suficiente del conjunto de actuaciones.
Los
nuevos nombramientos se adecuan a la nueva estructura ministerial. Según los
Estatutos del Consorcio, corresponde a la Administración General del Estado
designar al vicepresidente primero del Consejo Rector, a siete vocales y a sus
respectivos suplentes, todos ellos con carácter honorífico y no retribuido.
Dichos
representantes son los siguientes:
·
Vicepresidente Primero: el
Secretario de Estado de Administraciones Públicas.
·
Vocales: el Secretario de
Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento; el
Director de Gabinete del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas; el
Director General de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas; el Director General del Instituto de Turismo de España del Ministerio
de Industria, Energía y Turismo; la Delegada del Gobierno en la Comunidad
Valenciana; el Director General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y el Director General
de Negocios del Instituto de Crédito Oficial.
Fomento
REPARACIÓN DE CARRETERAS EN
CANTABRIA
El
Consejo de Ministros ha tomado razón de las actuaciones de emergencia para la
reparación de los daños producidos en diversos puntos de las carreteras N-611,
N-621 y A-8 en la provincia de Cantabria, a las que destinará un presupuesto de
1.197.015,92 euros.
El
deterioro en las citadas infraestructuras ha sido consecuencia del temporal del
pasado mes de febrero, en el que se registraron fuertes nevadas, lluvias y
deshielos. Por ello, la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria
estima necesario acometer actuaciones en dichas carreteras.
Defensa
AUTORIZACIÓN A TRES EMPRESAS
EXTRANJERAS PARA INVERTIR EN SOCIEDADES ESPAÑOLAS RELACIONADAS CON LA DEFENSA
El
Consejo de Ministros ha aprobado tres Acuerdos por los que se autoriza a otras
tantas empresas extranjeras a realizar inversiones en sociedades españolas
relacionadas con la industria de defensa.
Aviones militares
En primer
lugar, el Consejo de Ministros ha autorizado a la empresa francesa Derichebourg
Atis Aeronautique S.A., a adquirir el 100 por 100 de la española Atis Ibérica
Derichebourg Atis Aeronautique, S.L., con intención de que la sociedad española
pueda realizar actividades directamente relacionadas con la defensa nacional,
siendo su finalidad principal la de poder extender sus servicios a aviones
militares.
Entre las
actividades principales de Atis Ibérica Derichebourg Atis Aeronautique, S.L.,
están la prestación de todo tipo de servicios en materia de industria
aeronáutica, como el mantenimiento, reparación, conservación, asistencia,
formación, estudio y asesoramiento, y la compraventa de piezas de recambio y
equipamientos aeronáuticos, así como todas aquellas operaciones financieras,
comerciales, industriales, mobiliarias e inmobiliarias que estén directa o
indirectamente relacionadas con la industria aeronáutica.
Munición metálica
Igualmente,
el Gobierno ha aprobado que la empresa francesa Nobel Sport, S.A., adquiera,
por 47.500 euros, el 20 por 100 de la sociedad española EXCOPESA 2000, S.L., de
forma que ésta pueda realizar actividades relacionadas con la defensa nacional,
como las de suministro de munición metálica.
Como
actividades principales de EXCOPESA 2000, S.L. están la importación y
exportación en general de toda clase de bienes, mercaderías y productos
relacionados con la actividad cinegética y las actividades deportivas o de
recreo, incluyendo la distribución, representación, comercialización y venta de
armas y municiones, y otros productos para dichas actividades.
Filtros y componentes
Por
último, a petición de la empresa alemana Mann+Hummel
Auslandbeteiligungsgesellschaft GMBH, se ha autorizado que la sociedad española
Mann+Hummel Ibérica, S.A.U., pueda realizar actividades directamente
relacionadas con la defensa nacional, con la finalidad principal del suministro
de filtros y sus componentes incorporables a vehículos militares, tanto
blindados como no blindados.
Entre las actividades principales de Mann+Hummel Ibérica, S.A.U. están la
producción y comercialización de artículos de metal y material sintético
especialmente de todo tipo de filtros para cuerpos sólidos, gases y líquidos y
la fabricación de toda clase de piezas, repuestos y accesorios para vehículos
de motor y para motores diversos, especialmente de filtros y cartuchos
filtrantes para los mismos.
Educación, Cultura y Deporte
APROBADOS DOS NUEVOS TÍTULOS
DE ENSEÑANZAS DEPORTIVAS
El
Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos mediante los cuales se
regulan dos nuevos títulos de Enseñanzas Deportivas.
Ambos
títulos abren la posibilidad de un reconocimiento oficial a efectos de
equivalencia profesional, convalidación u homologación de todos los técnicos
formados hasta la fecha. El colectivo afectado está constituido por,
aproximadamente, 1.300 técnicos formados por la federación española o
autonómica de esgrima.
Técnico Deportivo Superior en Esgrima
Está
dirigido a todos aquellos que deseen desarrollar un perfil profesional
vinculado a:
·
La programación y dirección
del entrenamiento deportivo orientado hacia la obtención y mantenimiento del
rendimiento en esgrimistas y equipos.
·
La organización, tutela y
participación en competiciones de alto nivel en la modalidad.
·
La coordinación de técnicos
especialistas en alto rendimiento en la modalidad deportiva.
·
La coordinación de los
técnicos responsables de la seguridad de los esgrimistas.
·
La formación de los técnicos
deportivos en la modalidad.
El título
de Técnico Deportivo Superior en Esgrima tendrá como especialidades: esgrima
adaptada; espada; sable y florete.
Las
enseñanzas conducentes a este título se organizan en el ciclo de grado superior
en Esgrima y tienen una duración de 780 horas.
El título
de Técnico Deportivo Superior en Esgrima permite el acceso directo a las
enseñanzas universitarias oficiales de grado en las condiciones de admisión que
se establezcan. Para acceder al ciclo de grado superior en Esgrima será
necesario tener el título de Bachiller o equivalente a efectos de acceso, así
como el título de Técnico Deportivo en Esgrima.
Técnico Deportivo en Esgrima
Va
dirigido a todos aquellos que deseen desarrollar un perfil profesional
relacionado con:
·
Dinamizar, instruir, dirigir y
concretar la iniciación deportiva de esgrima.
·
Organizar, acompañar y tutelar
a los esgrimistas durante su participación en actividades, competiciones y
eventos.
·
Establecer condiciones de
seguridad y el nivel óptimo de calidad que permita la satisfacción de los
esgrimistas en la actividad.
El título
de Técnico Deportivo en Esgrima permitirá el acceso directo a todas las
modalidades de Bachillerato.