Igualmente refiere que para el servicio de pago móvil los montos máximos diarios no deberán ser mayores a los establecidos para los retiros en los cajeros automáticos.
De igual manera, los bancos y demás instituciones financieras deberán generar comprobantes electrónicos para todas las operaciones realizadas en el servicio de banca electrónica.
Esta normativa establece una serie de medidas para garantizar la confiabilidad y seguridad de las transacciones que se realizan por intermedio de la banca electrónica establecidos en la resolución No 641-10 que fue publicada en la Gaceta Oficial No 39.597.