¿Qué implica este endurecimiento? Pues que las empresas sólo puedan acogerse al despido objetivo por causas económicas -lo que implica una indemnización de 20 días por año, si demuestran que las pérdidas económicas previstas no van a ser sólo coyunturales o previstas, es decir a futuro. Es una decisión que no gustado nada en las filas empresariales, y que preocupa porque transmite la tibieza del Gobierno con sus propias medidas económicas.
Así consta en el borrador del Real Decreto sobre las causas de despido en los expedientes de regulación de empleo (ERE) que el Gobierno ha enviado a las centrales sindicales. En la reforma laboral se considera que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa "se desprende una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos, que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo".
El concepto de "pérdidas actuales o previstas" no gustó nada a las centrales sindicales, que insinuaron que tal definición podría convertirse en un 'coladero' para que las empresas se acogieran a despidos de 20 días. El Gobierno, por su lado, se defendía diciendo que, en todo caso, debía ser un juez el que determinara si la empresa cumplía o no esa condición.
Finalmente, en el borrador que ha remitido a los sindicatos, el Gobierno ha ofrecido modificar ese aspecto de la Ley para conseguir un mayor control sobre las empresas que se acogen a expedientes de regulación de empleo de extinción alegando pérdidas económicas.
Está por ver si este 'gesto' del Ejecutivo es bien recibido por los sindicatos, con quienes se encuentra negociando una reforma del sistema de pensiones en la que las posiciones de ambas partes todavía están muy distanciadas.
La posibilidad de despedir en empresas con pérdidas previstas o continuadas se incluía en una enmienda al proyecto de ley de reforma laboral,que f
ue aprobada el pasado mes de de julio en solitario por el PSOE en la Comisión de Trabajo del Congreso. Uno de los principales cambios, acordado con PNV, fue la aclaración de las causas económicas de despido objetivo, lo que permitirá extinciones de contratos en las empresas con pérdidas "actuales o previstas", o con disminución persistente de los ingresos, que puedan afectar a su viabilidad.
No obstante, la compañía tendría que acreditar su situación económica y justificar que con los despidos "preserva o favorece" su posición competitiva en el mercado.
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