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Por la ley de memoria histórica

Las sentencias de Companys, 'nulas de pleno derecho'

Las sentencias de Companys, "nulas de pleno derecho"

jueves 25 de marzo de 2010, 16:48h
La junta de fiscales de sala, convocada este jueves por el Fiscal General del Estado, Cándido Conde-Pumpido, vio hoy "legalmente improcedente" presentar un recurso de revisión ante el Supremo para anular los juicios sumarísimos franquistas que condenaron a muerte en 1940 el presidente de la Generalitat republicana, Lluís Companys.
La Generalitat y los descendientes del fallecido habían solicitado a Fiscalía que presentase un recurso ante el Tribunal Supremo para que este último anulase los juicios franquistas.

   En un comunicado, Fiscalía considera que las dos sentencias que condenaron a muerte a Companys "son nulas de pleno derecho por aplicación directa" de la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007 de 26 de diciembre), por lo que no se puede solicitar ahora anular una cosa que ya lo está.

   "Resulta legalmente improcedente, por falta de objeto, el planteamiento de recurso de revisión ante el TS", aseveró Fiscalía.

   Dos sentencias condenaron a muerte a Companys: una fechada el 13 de diciembre de 1939 por parte del Tribunal de Responsabilidades Políticas, y otra que emitió el Consejo de Guerra de Oficiales Generales en fecha 14 de octubre de 1940.

   El secretario general de ERC y portavoz del partido en el Congreso, Joan Ridao, lamentó los hechos, ya que aseguró que en las negociaciones con el PSOE para aprobar la Ley de la Memoria Histórica, se declinó la propuesta de los republicanos de que con esta norma se anulasen las sentencias que condenaron a muerte a Companys.

   Ridao, que milita en el mismo partido que lo hizo Companys, dijo que Fiscalía hace una interpretación "retorcida" de la ley de la Memoria Histórica, y aseguró que aún no todo está perdido, ya que los descendientes de Companys pueden pedir al TS que anule las sentencias, proceso con el que deben contar con el pleno apoyo del Govern.
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