El juzgado de lo Penal número dos de Jaén ha condenado a un año de prisión a un hombre por maltratar a su novia, a la que llegó a agredir por negarse a trabajar en un club de alterne, aunque también se decreta la suspensión de la pena al carecer de antecedentes.
La sentencia, consultada por Europa Press, recoge probado que durante el año y medio en que estuvieron conviviendo en Linares (Jaén) el procesado, George V.V., ha estado maltratando "continuamente" a su compañera sentimental, a la que golpeó en diversas ocasiones, y "aterrorizándola psicológicamente con amenazas de muerte".
La mujer, cansada de soportar esta situación de "pánico y angustia", decidió interponer una denuncia en septiembre de 2007, después de que George V.V. le exigiera que trabajara en un club de alterne para entregarle el dinero ya que "le iba a dar una paliza que se iba a acordar toda su vida". Como ella se negó, le propinó varios bofetones y tirones del cabello.
Por todo ello, la magistrada le condenó por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar y un delito de maltrato en ámbito familiar a la pena de un año de prisión -seis meses de cárcel por cada delito-. Además, le prohibió acercarse o comunicarse con la mujer durante ocho años.
No obstante, el juzgado le concede la suspensión de la pena privativa de libertad al ser el penado un "delincuente primario" por carecer de antecedentes penales, de ahí que como la condena no excede los dos años de prisión se considera pertinente la suspensión.