El magistrado ha dictado un auto en el que acuerda que la fianza debe prestarse en metálico o aval bancario y explica que las tasaciones periciales entregadas por los dos fiadores no dejan de ser informes de parte.
Según indica, las notas del registro de la propiedad que incluyeron son notas simples sin certificación literal "observándose divergencias entre las inscripciones registrales y las parcelas catastrales".
El juez descarta subsanar este hecho con una oportuna tasación pericial judicial al entender que "no se estima adecuada" la prestación de fianza mediante garantía hipotecaria, sino mediante dinero en efectivo o aval bancario. "Todo ello con el fin de asegurar- indica el auto- que el investigado señor Conde no se va a sustraer a la acción de la justicia".