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Alquiler de pisos (Foto: Chema Barroso (MDO))

Entra en vigor el nuevo índice de referencia para la subida del alquiler: un máximo del 2,20% en enero

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
jueves 02 de enero de 2025, 10:17h

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado hoy los nuevos índices para la actualización de los contratos de alquiler, una medida contemplada en la ley de vivienda que tiene como objetivo de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento.

La nueva norma opera sobre alquileres turísticos, de temporada, los alquileres de habitaciones o de otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración y que conlleven una remuneración económica, siempre que se oferten a través de plataformas en línea.

Este nuevo índice tendrá efecto a partir de hoy, día 2 de enero de 2025, y se aplicará a todos los contratos que se hayan firmado después de la ley de vivienda (aprobada en mayo de 2023).

Al desligar las subidas del alquiler al IPC, se busca que la actualización de contratos no suponga unas subidas desmesuradas.

Este índice, denominado IRAV, se define como el valor mínimo entre la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo, la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente y las tasas de variación anual media ajustada del IPC y del IPC subyacente, medidas como la diferencia entre las tasas de crecimiento anual tanto del Índice de Precios de Consumo como del Índice de Precios de Consumo subyacente de cada mes y un parámetro de referencia que representa la inflación esperada a medio plazo, ajustadas con un coeficiente moderador.

Subida de un 2,20% de máximo

Con este nuevo valor ya publicado, los alquileres cuyo contrato toque revisión ahora, sólo podrán subir un 2,20%.

Este valor se irá publicando cada mes en las mismas fechas que se estipule el IPC. Por tanto no es una cantidad fija de manera anual y cada mes puede variar.

La revisión de los alquileres es anual y en función de cuándo le toque a cada uno la actualización de contrato, el alquiler podrá subir en mayor o menor porcentaje, pero siempre con el tope del IRAV.

La normativa también permite la opción de prorrogar la renta durante 5 años si el propietario de la vivienda es un particular o hasta 7 años si es un gran inversor.

¿Y los contratos anteriores a mayo de 2023?

Los contratos de alquiler anteriores a la ley de vivienda seguirán operando con el sistema anterior, es decir, las actualizaciones irán ligadas al IPC.

Eso sí, el casero y el inquilino pueden acordar actualizar el contrato y comenzar a regirse por este nuevo sistema.

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